Decreto núm. 33, publicado el 08 de Abril de 2014. DEROGA DECRETO Nº 1, DE 2013 - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 503559130

Decreto núm. 33, publicado el 08 de Abril de 2014. DEROGA DECRETO Nº 1, DE 2013

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyDecreto

DEROGA DECRETO Nº 1, DE 2013

Santiago, 24 de marzo de 2014.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 33.- Visto: El DFL Nº 458 (V. y U.), de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones, y sus modificaciones; el DL Nº 1.305, de 1975; la ley Nº 16.391; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y las facultades que me confiere el artículo 32 número 6º de la Constitución Política de la República de Chile.

Considerando:

  1. Que el 12 de diciembre de 2013 se publicó en el Diario Oficial el DS Nº 1 (V. y U.), de 2013, que modificó el inciso tercero del artículo 1.4.4., el inciso tercero del artículo 2.1.25., el inciso tercero del artículo 2.1.30., el artículo 2.1.31., el inciso segundo del artículo 2.1.33., los artículos 2.1.35., 2.1.36. y 2.4.4., y el inciso segundo del artículo 5.1.12., todos del DS Nº 47 (V. y U.), de 1992, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

  2. Que el referido decreto modificó la norma que establecía que los equipamientos debían localizarse enfrentando una vialidad proporcionada al impacto vehicular que generarían sobre su entorno, permitiendo, a partir de su publicación, que éstos pudieran emplazarse en predios que tuviesen un acceso vehicular ubicado a no más de 300 metros de tales vías, esto es, que no las enfrentaran directamente. El cambio permite instalar equipamientos al interior de barrios consolidados, alterando significativamente su estilo de vida y sin que previamente sus habitantes y la comunidad en general pudieran participar en la adopción de esta decisión, cuestión especialmente grave por cuanto la normativa antes vigente les garantizaba que ello no ocurriría.

  3. Que, del mismo modo, el decreto contempla beneficios no justificados para las edificaciones destinadas a hospedaje y cambios respecto de los sistemas de cómputo de constructibilidad para construcciones en las áreas verdes que, al igual que en el caso anterior, modifican normas previamente establecidas y en base a las cuales se aprobaron diversos planes reguladores, poniendo en riesgo la existencia de importantes superficies actualmente destinadas a áreas verdes.

  4. Que las modificaciones introducidas por el DS Nº 1 (V. y U.), de 2013, afectan las decisiones adoptadas por las comunidades locales, en los respectivos instrumentos de planificación territorial, sin que para su elaboración se haya considerado su opinión.

  5. Que el punto 5.4.1. de la Política Nacional de Desarrollo Urbano, aprobada...

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