Sobre cuestiones prácticas de interpretación - Núm. 35, Noviembre 2019 - Anuario de Filosofía Jurídica y Social - Libros y Revistas - VLEX 879161307

Sobre cuestiones prácticas de interpretación

AutorConsuelo Reyes Crisóstomo
CargoMáster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Profesora de Teoría del Derecho, Universidad Austral de Chile, Valdivia, Chile
Páginas131-151
131 Anuario de Filosofía Jurídica y Social, Nº34 (2018), Páginas 131-151
Sociedad Chilena de Filosofía Jurídica y Social
SOBRE CUESTIONES
PRÁCTICAS DE
INTERPRETACIÓN
Consuelo Reyes Crisóstomo
Máster en Argumentación Jurídica
por la Universidad de Alicante.
Profesora de Teoría del Derecho,
Universidad Austral de Chile,
Valdivia, Chile.
reyescrisostomo@hotmail.com
RESUMEN
En el presente trabajo se revisan
algunas de las ideas expuestas
por la profesora Isabel Lifante
en el capítulo V de su libro
“Argumentación e interpretación
jurídica. Escepticismo,
intencionalismo y constructivismo”.
En concreto, en una primera
instancia de carácter estrictamente
reconstructiva, se da cuenta
de las tesis que llevarían a la
autora a preferir una concepción
constructivista de la actividad
interpretativa. En la segunda parte
revisaré dos cuestiones relevantes
que subyacen a dicha concepción
de la interpretación jurídica: (1) la
formulación de juicios normativos
de interpretación y; (2) advertir
los problemas vinculados a
una “concepción colaborativa”
de la interpretación jurídica.
PALABRAS CLAVE
Interpretación jurídica,
juicios normativos, directivas
de interpretación.
ON PRACTICAL QUESTIONS
OF INTERPRETATION
ABSTRACT
This article has as purpose to
review some ideas exposed
in chapter V of “Interpretar
y argumentar. Escepticismo,
intencionalismo y constructivismo”.
To achieve this, I will expose
some thesis that would lead the
author to prefer a constructivist
or value-dependent conception
of legal interpretation.
Subsequently, I will review two
issues that I consider relevant
in constructivist conception of
legal interpretation supported
by Lifante: (1) formulation of
normative interpretative judgments
and; (2) to review problems of a
“collaborative conception” of legal
interpretation when interpreter and
issuer attribute different meaning
to the same normative text.
KEYWORDS
legal interpretation, normative
judgments, interpretation
directives.– general
theory of legal proof
132
Sobre cuestiones prácticas de interpretación.
Anuario de Filosofía Jurídica y Social, Nº35 (2019) - ISSN-0719-4455 - Chile
I. LAS BASES DE UNA TEORÍA CONSTRUCTIVISTA DE LA
INTERPRETACIÓN JURÍDICA
La teoría constructivista de la interpretación jurídica sostenida por Isabel
Lifante Vidal en su libro, tiene como punto de partida la concepción de
la interpretación jurídica como una actividad de naturaleza argumentativa,
inserta en el ámbito—más amplio— del razonamiento práctico general. En el
recorrido trazado por la autora, que tiene por objetivo mostrar que la única
teoría adecuada para dar cuenta de cómo debe interpretarse el derecho es
una concepción constructivista o dependiente de valores de la interpretación,
Lifante Vidal analiza las concepciones escépticas e intencionalistas de la
interpretación jurídica evidenciando cuáles serían los problemas a los que
dichas teorías se ven enfrentadas.
Pues bien, Lifante Vidal señala que, para responder a la pregunta sobre
cómo debe interpretarse el derecho, es necesario concebir la interpretación
jurídica como una actividad que implica la participación en la práctica del
derecho, lo cual determinaría que se trate de una actividad comprometida
con los fines y valores que dotan de sentido a la práctica, e incluso, con la
mejora de esta. Para explicar esta idea, la autora señala que responder a
la pregunta sobre cómo debe interpretarse el derecho implica preguntarse
previamente qué es lo que hace que el derecho sea valioso y, en este
sentido, la evaluación de una determinada interpretación como mejor
o peor que otras interpretaciones posibles dependerá, precisamente, de
cómo la interpretación contribuya a maximizar esos principios que hacen
que consideremos valioso el derecho. Finalmente, la autora plantea que la
argumentación jurídica en el ámbito interpretativo tiene, necesariamente,
un componente moral y político, lo cual no implica un desconocimiento de
la relevancia de los elementos autoritativos de la interpretación jurídica.
Veamos estas ideas con más detalle.
1. Interpretación y racionalidad práctica
En primer lugar, Lifante Vidal señala que la respuesta a la pregunta sobre
cómo debe interpretarse el derecho viene determinada por los presupuestos
teóricos que asuman quienes defienden las diversas teorías de la

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