Resolucion núm. 1059 EXENTA, el 13 de Junio de 2009. ESTABLECE REGULACIONES CUARENTENARIAS PARA EL CONTROL Y ERRADICACION DE LA MOSCA DEL MEDITERRÁNEO (Ceratitis capitata W.) EN LOS LUGARES QUE INDICA - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469992386

Resolucion núm. 1059 EXENTA, el 13 de Junio de 2009. ESTABLECE REGULACIONES CUARENTENARIAS PARA EL CONTROL Y ERRADICACION DE LA MOSCA DEL MEDITERRÁNEO (Ceratitis capitata W.) EN LOS LUGARES QUE INDICA

EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

ESTABLECE REGULACIONES CUARENTENARIAS PARA EL CONTROL Y ERRADICACION DE LA MOSCA DEL MEDITERRÁNEO (Ceratitis capitata W.) EN LOS LUGARES QUE INDICA

Núm. 1.059 exenta.- Quillota, 8 de Junio de 2009.- Vistos: Lo dispuesto en el decreto ley N° 3.557 de 1980, sobre Protección Agrícola, la Ley N° 18.755 Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero, modificada por la ley N° 19.283 y sus modificaciones posteriores, la resolución N° 3.513 exenta del SAG de 7 de diciembre de 1995, publicada en el Diario Oficial el 13 de diciembre del mismo año, la resolución Nº 1.600 de fecha 06 de noviembre de 2008, la cual deja sin efecto las resoluciones Nº 55 de 1992 y 520 de 1996 y sus modificaciones, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, de la Contraloría General de la República,

Considerando:

  1. Que, por resolución exenta N° 3.513, citada en Vistos, se declaró a Chile como país libre de la plaga de los vegetales conocida como "Mosca del Mediterráneo" (Ceratitis capitata Wied).

  2. Que, con fecha 4 de Junio de 2009, se ha detectado la presencia de tres ejemplares del insecto en el área de la comuna de Calle Larga.

  3. Que en virtud de lo dispuesto en el N° 3 de la resolución N° 3.513, el Servicio está facultado para adoptar las medidas fitosanitarias que sean necesarias para el control y erradicación de esta plaga.

  4. Que debe entenderse por área reglamentada, aquella en la que plantas, productos vegetales y otros artículos reglamentados, que ingresan a ella, se mueven dentro de ella y provienen de la misma, están sujetas a medidas fitosanitarias.

  5. Que para el caso de la "Mosca del Mediterráneo" (Ceratitis capitata Wied), dicha área reglamentada, corresponde a una superficie cubierta por un radio de 7,2 km. alrededor de las detecciones,

    Resuelvo:

  6. Establécese:

    1. A partir del 5 de Junio de 2009, como área reglamentada, el polígono de 18 vértices, determinado por las siguientes coordenadas UTM, señaladas a continuación:

      Datum: WGS84 (Huso 19)

      Vértice Coordenadas UTM

      Norte (X) Este (Y)

      1 365120 6359728

      2 364264 6357378

      3 362657 6355462

      4 360492 6354212

      5 358029 6353778

      6 355566 6354212

      7 353401 6355462

      8 351794 6357378

      9 350938 6359728

      10 350938 6362228

      11 351794 6364578

      12 353401 6366494

      13 355566 6367744

      14 358029 6368178

      15 360492 6367744

      16 362657 6366494

      17 364264 6364578

      18 365120...

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