Consagra en la ley N° 19.284, la reserva de empleo para personas con discapacidad. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914504064

Consagra en la ley N° 19.284, la reserva de empleo para personas con discapacidad.

Fecha08 Enero 2008
Número de Iniciativa5657-11
Fecha de registro08 Enero 2008
EtapaArchivado
MateriaDISCAPACIDAD
Autor de la iniciativaAccorsi Opazo, Enrique, Alinco Bustos, René, Girardi Briere, Guido, González Torres, Rodrigo, Jaramillo Becker, Enrique, Jiménez Fuentes, Tucapel, Leal Labrín, Antonio, Núñez Lozano, Marco Antonio, Quintana Leal, Jaime, Vidal Lázaro, Ximena
Cámara Legislativa de OrigenMoción,Cámara de Diputados
Tipo de proyectoProyecto de ley

Consagra la reserva de empleo para personas con discapacidad en la ley N° 19.284

Boletín N° 5657&8209;11


VISTOS: Lo dispuesto en los artículos 63 y 65 de la Constitución Política de la República; lo prevenido por la Ley N° 18.918 Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y lo establecido por el Reglamento de la H. Cámara de Diputados


CONSIDERANDO:


1.&8209; Que, la organización mundial de la salud distingue en discapacidad, deficiencia y minusvalía, señalando que son:


a) La deficiencia, dentro de la experiencia de la salud, se entiende como "...

toda pérdida o anormalidad de una estructura o función psicológica,

fisiológica o anatómica."

b) La discapacidad, "...es toda restricción o ausencia (debida a una

deficiencia) de la capacidad de realizar una actividad en la forma o dentro

del margen que se considera normal para un ser humano."


c) Por otra parte, minusvalía "...es una situación desventajosa para un individuo determinado, consecuencia de una deficiencia o de una discapacidad, que limita o impide el desempeño de un rol que es normal en su caso (en función de su edad, sexo y factores sociales y culturales.


2.&8209; Que, la discapacidad intelectual, por otra parte, es una condición del desarrollo reprimido o incompleto de la mente, caracterizado por discapacidad de destrezas y de la inteligencia en general en áreas como conocimiento, lenguaje y habilidades motoras y sociales.1


3.&8209; Que, por último, el Consejo de Europa del 1998 define la dependencia como «un estado en el que se encuentran las personas que por razones ligadas a la falta o la pérdida de autonomía física, psíquica o intelectual, tienen necesidad de asistencia y/o ayudas importantes para realizar los actos corrientes de la vida diaria y, de modo particular, los referentes al cuidado personal». Esta definición, que ha sido ampliamente aceptada, plantea la concurrencia de tres factores para que podamos hablar de una situación de dependencia:


En primer lugar, la existencia de una limitación física, psíquica o sensorial que merma determinadas capacidades de la persona.

En segundo lugar, la incapacidad de la persona para realizar por sí misma las actividades de la vida diaria.

En tercer lugar, la necesidad de asistencia o cuidados por parte de un tercero2.


4.&8209; Que, de acuerdo a las estadísticas del Instituto Nacional de Estadísticas, en nuestro país, un 12,9% de la población, equivalente a 2.068.072 personas, presenta algún tipo de discapacidad (De ese total, 1.204.576 (58,2%) son mujeres y 863.496 (41,8%) son hombres. La proporción por sexos de la población del país es de 50,7% de mujeres y 49,3% de hombres), y de ellos sólo un 27,5% realiza un trabajo remunerado, la que en el 16,3% es combinada con otro quehacer. En contraste, el 20,5% no realiza actividad alguna y el 44,1% hace solamente trabajo doméstico. Concentrándose la mayor cantidad de personas con discapacidad en los grupos etéreos de mayor edad, así, el 85.4% de las personas con discapacidad en Chile tiene más de 29 años, distribuyéndose en un 50.9% entre 30 y 64 años y un 35,1% en mayores de 65 años.3


5.&8209; Que, de los conceptos y datos expuestos, resulta pues evidente que las personas con discapacidad representan una parte importante de la población, tanto desde el punto de vista del frío dato estadístico, como desde el punto de vista de su presencia familiar y social (1 de cada 3 familias chilenas, tiene entre sus miembros una persona con discapacidad).


6.&8209; Que, sin embargo, la protección de las personas con discapacidad, el fomento de su participación social, política, cultura, y laboral no se ha enarbolado como uno de los fines de las políticas legislativas y gubernamentales de prioridad, y vemos como dichas personas y en definitiva, dichas familias ven parte importante de sus anhelos segregados por una sociedad que condena la diferencia.


7.&8209; Que, si bien, nuestro Congreso ha promovido la discusión parlamentaria tendiente a mejorar las herramientas legislativas de protección y promoción de los derechos de las personas con discapacidad, no es menos cierto que llevamos décadas de atraso en el establecimiento de instrumentos normativos adecuados para ello, fundamentalmente en materias de educación y empleo.


8.&8209; Que, como veíamos en las cifras señaladas, sólo un 27,5% de las personas con discapacidad realiza un trabajo remunerado, siendo que el 85,4% de ellos tiene más de 29 años, lo que resulta que muchos de ellos se encuentran cesantes siendo laboralmente activos.


9.&8209; Que, el fomento del empleo y la contratación de personas con discapacidad, ha sido una prioridad de las legislaciones europeas desde los años cincuenta, estableciendo mecanismos de inserción de ellas en el mercado laboral, fundamentalmente mediante la llamada reserva laboral, y de lucha contra la discriminación con el objeto de revertir la segregación social de las mismas.


10.&8209; Que, en el anterior contexto, cabe por ejemplo citar la ley española, 13 de 1982, de Integración social de los Minusválidos, que en sus artículos 37 a 48 establece normas relativas a la integración laboral, siendo lo dispuesto en el artículo 38.1, tal vez uno de los puntos de mayor trascendencia de la misma. Al respecto, dicha norma establece, que "Las empresas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR