Conclusiones - Teoría general de los beneficios fiscales: definición, revocación y anulación - Libros y Revistas - VLEX 1027024855

Conclusiones

AutorStéfano Vieira Machado Ferreira
Páginas201-205
201
CONCLUSIONES
Partiendo de la premisa de que la expresión “benecios scales” es vaga,
ambigua y está inmersa en diferentes contextos, en el presente libro realicé
un recorte metodológico para limitar el análisis de la expresión a una visión
normativa dentro del contexto del subsistema del derecho tributario.
Cuando se analizan los artículos de la Constitución Federal de 1988 se
observa que el legislador trata las expresiones “benecios scales”, “incen-
tivos scales” y “exenciones” sin mucho rigor. No hay elementos claros de
diferenciación entre los términos mencionados. En el derecho positivo no hay
enunciados prescriptivos que denan el término “benecio scal”, vale decir,
no hay una denición legal.
Para denir benecios scales adopto el método del Constructivismo Ló-
gico-Semántico. Se observa el fenómeno desde el punto de partida del plano
S1, un conjunto de enunciados prescriptivos, aunque se sepa que el trayecto
generador de sentido no solo está constituido por el plano S1, sino también
por el plano S2 (plano de las proposiciones), S3 (plano de las normas jurídicas)
y S4 (articulación de las normas del S3)378.
El Plano S1 de los benecios scales son enunciados-enunciados de un
determinado documento normativo aplicables de manera especial en lugar de
los enunciados-enunciados utilizados para construir la regla matriz de inci-
dencia tributaria – RMIT (norma jurídica general y abstracta).
En varios casos, el legislador ha dado diferentes nombres a los benecios
scales en sentido amplio, como exenciones, tasa cero, reducción de la base
imponible, aplazamiento, depreciación acelerada, drawback, crédito presumi-
do. Sin embargo, el fenómeno es el mismo, vale decir, son enunciados-enun-
ciados especiales y aplicables en lugar de los enunciados-enunciados que
crean la norma general del tributo.
378 En relación al trayecto generador de sentido. Cf. Carv alho, Paulo de Ba-
rros. Direito tributário, linguagem e método. 6.a ed. São Paulo: Noeses, 2015, pp.
192-197.

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