Colusión del papel tissue: la controvertida decisión de la Corte Suprema y el futuro de la delación compensada (SCS Rol 1.531-2018) - Núm. 17, Enero 2021 - Sentencias destacadas - Libros y Revistas - VLEX 918123616

Colusión del papel tissue: la controvertida decisión de la Corte Suprema y el futuro de la delación compensada (SCS Rol 1.531-2018)

AutorJohn Henríquez Oyarzo
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Colusión del papel tissue: la controvertida decisión de ... / John Henríquez Oyarzo
COLUSIÓN DEL PAPEL TISSUE: LA
CONTROVERTIDA DECISIÓN DE LA
CORTE SUPREMA Y EL FUTURO DE LA
DELACIÓN COMPENSADA
(SCS ROL 1.531 – 2018)
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RESUMEN. En diciembre del 2018, el TDLC ‒en decisión unánime‒ acogió un reque-
rimiento de colusión presentado por la FNE en contra de CMPC y de SCA. El fallo, que
estableció que las requeridas celebraron y ejecutaron acuerdos con el propósito de asignarse
cuotas de mercado y de fijar precios de venta de sus productos tissue desde el año 2000
hasta -a lo menos- diciembre del 2011, fue relevante porque eximió a CMPC del pago de
multa ‒empresa a la que se le otorgó el beneficio de la delación compensada‒ puesto que,
en, opinión del tribunal especializado, no se habría acreditado que dicha empresa coaccio-
nara a SCA para participar en el acuerdo colusivo. A inicios del 2020, la Corte Suprema ‒al
conocer el recurso de reclamación interpuesto por la SCA‒ revocó el beneficio de la dela-
ción compensada otorgado a CMPC y sancionó a la referida empresa con la misma multa
que a la empresa sueca. Las reacciones al fallo del máximo tribunal no se hicieron esperar,
toda vez que revirtió una decisión que el TDLC había adoptado de manera unánime. El
presente comentario pretende determinar si la decisión de la Corte Suprema impactará en
la eficacia de la delación compensada, institución que desde su incorporación a la legisla-
ción de libre competencia el año 2009, ha demostrado ser la herramienta más efectiva para
detectar y sancionar carteles.
PALABRAS CLAVE. Libre competencia, colusión, delación compensada, coacción.
SUMARIO. 1. Introducción. 2. El requerimiento de la Fiscalía nacional económica. 3. Los
argumentos de las empresas requeridas. 4. La decisión del Tribunal de Defensa de la Libre Com-
petencia. 5. El recurso de reclamación de SCA. 6. La sentencia de la Excma. Corte Suprema. 7.
Comentarios sobre la controvertida decisión de la Corte Suprema. 8. Conclusiones.
1 Abogado Pontificia Universidad Católica de Chile.
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Sentencias Destacadas 2020
1. INTRODUCCIÓN
El fallo objeto del presente trabajo, resuelto a nivel del Tribunal de Defensa
de la Libre Competencia
2
(“TDLC” o “Tribunal”) en diciembre del 2017 y
a nivel de Corte Suprema en enero del 2020, es seguramente uno de los ca-
sos de libre competencia más relevantes del pasado reciente en nuestro país.
Y no lo es sólo por la cuantía de las sanciones impuestas ‒una de las más
altas aplicadas a la fecha
3
‒, sino que su relevancia radica en las eventuales
implicancias que la decisión de la Corte Suprema tendría en la eficacia de
la principal herramienta que tenemos para la detección y sanción de los
acuerdos colusivos: la delación compensada.
Previo al análisis propiamente tal del caso, es indispensable referirse breve-
mente a la institución denominada delación compensada
4
. La referida ins-
titución, que se introdujo a nuestra legislación de libre competencia a través
de la Ley 20.361 del año 2009
5
, encuentra su regulación en los artículos 39
bis y 63 del Decreto Ley 211 (“DL 211”). Dicha regulación legal se com-
plementa, intentando reducir la discrecionalidad de la autoridad de compe-
tencia, con la Guía Interna sobre Delación Compensada en Casos de Colusión,
elaborada por la Fiscalía Nacional Económica (“FNE”). La última versión
de la aludida guía, como señala Felipe Irarrázabal
6
, buscaba dar mayores
certezas a los postulantes al someterse a tres procesos de consulta pública y
al recoger comentarios, sugerencias y aportes de distintos organismos nacio-
nales e internacionales (como la American Bar Association, la International
Bar Association y el Departamento de Justicia de Estados Unidos).
A grandes rasgos, la delación compensada
7
permite que quien confiese ser
partícipe o haber participado en una colusión se vea beneficiado con la exen-
ción o reducción de la multa que le correspondería en el evento de ser de-
mandado por la FNE ante el TDLC. Además, y en atención a la publicación
2 FNE con CMPC y SCA (2017).
3 FNE con CMPC y SCA Chile (2020). Se aplicaron multas por US$ 34,3 millones. Dichas multas
solo han sido superadas por el “Caso Pollos” y el “Caso Navieras”. A las referidas multas, se suma
también las indemnizaciones que CMPC debió pagar a los consumidores afectados por la colusión
(cuyo montó ascendió a US$ 150 millones, tras un acuerdo al que se llegó en una mediación colec-
tiva conducida por el Servicio Nacional del Consumidor).
4 En otras jurisdicciones también se conoce a esta institución como programas de clemencia o le-
niency programs.
5 Además, dicha reforma (i) fortaleció las atribuciones de la Fiscalía Nacional Económica; (ii) au-
mentó considerablemente las multas aplicables; y (iii) realizó ajustes a la descripción de los ilícitos
anticompetitivos descritos en el DL 211.
6 I (2019), p. 140.
7 Cabe destacar que, de manera expresa, la legislación vigente establece que los beneficios asociados a
la delación compensada no se extenderán a las eventuales indemnizaciones de perjuicios.

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