Capítulo VI: Clase de pretensiones meramente declarativas - La acción meramente declarativa - Libros y Revistas - VLEX 951353347

Capítulo VI: Clase de pretensiones meramente declarativas

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LA ACCIÓN MERAMENTE DECLARATIVA
CAPITULO VI
CLASES DE PRETENSIONES MERAMENTE DECLARATIVAS
Sumario
1 Pretensiones meramente declarativas positivas
1.1 Reclamacióndelaliación
1.2 Prescripción adquisitiva. Usucapión
1.3 Prescripción liberatoria
1.4 Nulidad de actos jurídicos
1.5 La mera declaración en materia contractual
a) El Planteo de Nulidad en materia contractual.
b) Resolución contractual.
1.6 Declaración de inconstitucionalidad
1.6.1 Su recepción en la Jurisprudencia
a) Aserradero Clipper SRL de fecha 2 de marzo de 1961.
b) Hidronor S.A. v. Provincia de Neuquen.
c) Anibal Roque Baeza v. Nación Argentina.
d) Provincia Santiago del Estero v. Nación Argentina.
e) Newland Leonardo LA v. Provincia de Santiago del Estero.
f) Asoc. Civ. Escuela Escocesa S Andrés y otros v. Prov. de Bs.As
g) Penna Bores Lucas S. De fecha 9 de diciembre de 1987.
h) Zarategui Horacio v. Gobierno Nacional.
i) Peralta Luis A y otro c Est. Nac. (M.de Economía - Bco. Central).
j) Gomer SA v Provincia de Córdoba.
k) Edesur S.A. c/ Provincia de Buenos Aires.
1.6.2 Su recepción en el derecho argentino
a) Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires.
Ley 7425.
MANUEL ANTONIO GONZÁLEZ CASTRO
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b) Código procesal Civil y Comercial de la Provincia de Entre Ríos.
Ley 4870.
c) Código procesal Civil y Comercial de la Provincia de Formosa. Ley 424.
d) Ley N° 4346 y modicatorias. Reglamentación de la acción y el recurso
de inconstitucionalidad en la Provincia de Jujuy.
e) Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Río Negro.
Ley 2208.
f) Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Salta. Ley
N° 5233.
g) Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Santiago del
Estero, Ley N° 3534.
h) Código Procesal Civil, Comercial, Laboral, Rural y Minero de la
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
Ley N° 147.
i) Código Procesal Constitucional de la Provincia de Tucumán,
Ley N° 6944.
1.6.3 Concepto y conclusiones
1.7 La división de condominio
2 Negativas
2.1 La pretensión de jactancia
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LA ACCIÓN MERAMENTE DECLARATIVA
CLASES DE PRETENSIONES MERAMENTE DECLARATIVAS
Si efectuamos una somera lectura a las diversas posiciones doc-
trinarias y jurisprudenciales, podemos fácilmente advertir que todas son
coincidentes en que estas pretensiones meramente declarativas pueden
ser clasicadas en positivas y negativas.
En este sentido, tanto la doctrina como la jurisprudencia recono-
cen como pretensiones meramente declarativas de tipo positivas a la re-
clamación de liación; a la prescripción adquisitiva o usucapión; a la
prescripción liberatoria; a la interpretación de la materia contractual; a la
nulidad de actos jurídicos; y a la declaración de inconstitucionalidad de
una norma determinada.
Como se demostrará infra, existe en esta clasicación y enuncia-
ción de pretensiones declarativas, el común error de incluir algunas como
si fueran de “mera declaración” sin que lo sean.
Dentro de las pretensiones meramente declarativas de corte nega-
tivo se enuncia a la denominada “acción de jactancia”, hoy desaparecida
de nuestros Códigos, por entenderse que la misma se encontraba incluida
en la misma norma de la pretensión de mera declaración.
No obstante ello, y con razón a nuestro entender, el Profesor pana-
meño Jorge Fábrega Ponce, ha sostenido que “Hoy vale la pena restituir
la querella de jactancia, por ejemplo, en ataques al honor, a la reputa-
ción de las personas, la querella de jactancia puede constituir un ele-
mento de interés ya que en ciertos casos es ecaz en la tutela de ciertos
derechos... (la que) con un procedimiento moderno y adecuado, puede
constituir la solución del problema. Y se está intentando”
1
.
1
Fabrega Ponce, Jorge: Procesos civiles. Editora Jurídica Panameña, Panamá, 2002,
p. 14.

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