Capítulo III. La aplicación del derecho - Introducción a la filosofía del derecho - Libros y Revistas - VLEX 1025808057

Capítulo III. La aplicación del derecho

AutorRoscoe Pound
Páginas47-60
47
INTRODUCCIÓN A LA FILOSOFÍA DEL DERECHO
CAPÍTULO III
LA APLICACIÓN DEL DERECHO
Para que una controversia pueda resolverse de conformidad con el derecho, se
exigen tres requisitos: 1) descubrir cuál es la norma del orden jurídico aplicable o,
en el caso de que ninguna de ellas lo sea, formular la que habrá de serlo en el caso
concreto (y que podrá o no perdurar como regulación de casos futuros) sobre la
base de los elementos apo rtados por el ordenamiento jurídico ; 2 ) i nterpretar la
norma así descubierta o determinada , es decir, puntualizar su significado previsto
al idearla y sus presuntos alcances; 3) aplicar la norma así señalada e interpretada al
caso que se debate. En el pasado estos tres requisitos se confundieron, incluy éndo-
selos en la mera in terpretación. Se daba por sentado que la función de l juez consis-
tía en inte rpretar simpl emente una norma de manera autor itaria y totalme nte
extrajudicial, mediante el proceso exacto de deducir lógicamente su contenido im-
plícito y aplicarlo mecánicamente. Semejante presunción se originó en la etapa del
derecho estricto, con la intención, por un lado, de escapar a la excesiva casuística y,
por otro, al vago es tilo sentencioso, caracter ístico del derecho primitiv o. En su
mayor parte el derecho primitivo está formado por reglas simples, precisas y deta-
lladas, pa ra situaciones definidas y estrechamente circunscriptas, sin principios ge-
nerales. El primer paso en la formación de la ciencia del derecho es la formulación
de distincion es entre lo que entra y lo que no entra dentro del significado jurídico
de una nor ma. Pero un código primitivo de derecho también contiene a menudo
cierto n úmero de sentenciosos proverbios legales redactados en forma ostentosa, a
fin de que se los recuerde fácilmente, pero también dotados de una gran vaguedad.
En su afán de obtener resultados de manera infalible partiendo de reglas determi-
nadas por procedimientos directos, el derecho estricto trata de escapar de la incer-
tidumbre inherente a los a mplios contenidos de las minuciosas reglas especiales,
por medio de la diferenciación de los casos yla aplicación de proverbiales aforis-
mos jurídicos a través de la «equidad del tribunal». Concibe la aplicación del dere-
cho como mero arreglo automático del caso mediante la aplicación de la norma o
del recurso. L os ajustes, extensiones y restricciones inevitables, que implica la in-
tención de administrar justicia de esta manera, se encubren mediante la ficción de la
interpretación, a fin de mantener la seguridad general.
La racionaliz ación filosófica del intento de evitar la administración de justicia
excesivamente persona l inherente a la reversión parcial a la justicia sin derecho de
la etapa del derecho natural, reforzó la presunción de que la aplicación judicial del
derecho era un proceso mecánico y mera fase de la interpr etación. En el siglo XVIII
adoptó forma cientí fica en la teoría de la separación de los pod eres: el órgano
legislativo hacía las leyes, el ejecutivo las administraba, el judicial las aplicaba en la

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