Capítulo III: Alienación anticipada de bienes en procesos de improbidad administrativa: Un enfoque desde el deber fundamental de colaboración con la justicia - Parte procesal - Tratado interdisciplinar de Derecho Penal Económico - Libros y Revistas - VLEX 980626912

Capítulo III: Alienación anticipada de bienes en procesos de improbidad administrativa: Un enfoque desde el deber fundamental de colaboración con la justicia

AutorRodrigo Monteiro da Silva / Adriano Sant'Ana Pedra
Cargo del AutorDoctorando en Estado de Derecho y Gobernanza Global (Universidad de Salamanca, España) / Doctor em Derecho Constitucional (Pontifícia Universidade Católica de São Paulo - PUC/ SP, Brasil).
Páginas653-672
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AlienAción AnticipAdA de bienes en procesos de improbidAd AdministrAtivA:
un enfoque desde el deber fundAmentAl de colAborAción con lA justiciA
capÍTUlo III
alIenacIón anTIcIpada de BIenes en procesos de ImproBIdad
admInIsTraTIVa: Un enFoQUe desde el deBer FUndamenTal de
colaBoracIón con la JUsTIcIa
Rodrigo Monteiro da Silvax
Adriano Sant’Ana Pedral
I. InTrodUccIón
Es urgente señalar que la reexión sobre la teoría de los deberes fundamentales
muestra cierta relevancia ante la falta de marco doctrinal y legal sobre el tema. Es evi-
dente que la doctrina constitucionalista muestra una concentración desproporciona-
da de energías en el campo de los derechos fundamentales, relegando, sin embargo,
que entre derechos y deberes fundamentales hay un diálogo ineludible.
Entre los varios deberes fundamentales asignados a todo ciudadano, destaca el
vinculado a la obligación inequívoca de colaborar con el Poder Judicial, en la búsqueda
de una disposición jurisdiccional primordialmente ecaz y útil, para que el servicio
público relevante y esencial que preste el Poder Judicial se presenta compatible con
nes constitucionales.
El derecho fundamental a una duración razonable del proceso y a los medios que
garanticen su celeridad se encuentra así en el artículo 5, LXXVIII, de la Constitución
brasileña, dejando claro que, para la materialización de este derecho, se hace necesario
en el transcurso de los trámites procesales una conducta respaldada por la ética, el
respeto, la solidaridad y la buena fe.
El Código de Procedimiento Civil brasileño, de 2015, con base en los preceptos
generales establecidos en la Constitución Federal, trajo los principios de buena fe
y cooperación entre las partes como valores esenciales para obtener una protección
x Doctorando en Estado de Derecho y Gobernanza Global (Universidad de Salamanca,
España); Mestre en Derechos y Garantías Fundamentales (Faculdade de Direito de
Vitória - FDV, Brasil); Especialista en Combate contra o Crimen Organizado, Corrupción
y Terrorismo (Universidad de Salamanca, España); Promotor de Justicia. E-mail:
rodrigomonteiro.es@gmail.com.
l Doctor em Derecho Constitucional (Pontifícia Universidade Católica de São Paulo - PUC/
SP, Brasil). Mestre en Derechos y Garantías Fundamentales (Faculdade de Direito de
Vitória - FDV, Brasil). Profesor de Maestría y Doctorado en la Faculdade de Direito de
Vitória - FDV. Procurador Federal. E-mail: adrianopedra@fdv.br.
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RodRigo MonteiRo da Silva/adRiano Sant’ana PedRa
jurisdiccional acorde con la razonabilidad, orientada a la prestación de un servicio
público dotado de efectividad.
En este contexto, se entiende que la efectividad está en plena sintonía con la
satisfacción del interés público. A menudo se observa que las demandas presentadas
al Poder Judicial no están vinculadas solo a los derechos individuales de los
litigantes, sino más bien a temas de relevancia con repercusión en toda la sociedad.
Cabe mencionar, por tanto, las acciones judiciales encaminadas a investigar actos
de improbidad administrativa, de acuerdo con la Ley n. 8.429/1992, que buscan
el reembolso de los fondos desviados de las arcas públicas, así como la aplicación
de sanciones a quienes causen daños a el erario, enriquecimiento ilícito o actuar en
desacuerdo con los principios rectores de la Administración Pública.
El artículo 7 de la Ley de Improbidad Administrativa prevé la posibilidad de una
medida cautelar dirigida a la indisponibilidad de bienes adquiridos ilegalmente,
con indiscutible daño a las arcas públicas. Asimismo, el artículo 16 de la misma
Ley trata de la gura de la incautación de bienes. Sin embargo, a diferencia de otros
instrumentos normativos, como la Ley n. 9.613/1998 (Ley para combatir el lavado de
activos), la Ley n. 8.429/1992 no menciona expresamente el destino inmediato de los
bienes incautados.
En este contexto, conviene analizar si la venta anticipada de bienes incautados
por orden judicial, medida cautelar de carácter penal, prevista en la Ley para
combatir el blanqueo de capitales, así como, en otras normas, como el propio Código
Procesal Penal, podría ser invocado en el ámbito de los reclamos interpuestos para
la investigación de actos de improbidad administrativa, con el único propósito de
buscar efectividad en la disposición jurisdiccional, con la consecuente satisfacción del
interés público.
Una vez consolidado el entendimiento sobre la posibilidad de una interpretación
dotada de complementariedad entre los institutos jurídicos creados para la protección
de la sociedad, queda por analizar si estos estarían en consonancia con los principios
Así, se evidencia la intención de buscar la ruptura del actual paradigma estric-
tamente contradictorio, dando lugar a la comprensión de la necesidad de alejarse
de la cultura no colaborativa que solo apunta a posponer la solución de demandas
judiciales, que atenta contra el deber fundamental de las personas de colaborar con
el Poder Judicial.
La conducta perpetrada con el claro propósito de demorar el trámite regular de
los procesos que determinan actos de improbidad administrativa tiene el objetivo
real de impedir la búsqueda de una tutela judicial efectiva, que garantice la defensa
de la probidad administrativa y, en consecuencia, la satisfacción del interés público a
través de la materialización de políticas públicas que regularmente son relegadas por
la constante desviación de recursos públicos.
II. consIderacIones soBre la Teo rÍa de los deBeres
FUndamenTales de las personas
El estudio y la investigación sobre la teoría de los deberes fundamentales son
medidas de suma importancia ante la falta de referencias bibliográcas sobre el
tema. Es evidente que la doctrina constitucionalista muestra una concentración

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