Capítulo 5: Las potestades administrativas contractuales
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EL CONTRATO PÚBLICO
CAPÍTULO 5
LAS POTESTADES ADMINISTRATIVAS
CONTRACTUALES
SECCIÓN 1.ª POTESTAD ADMINISTRATIVA
Introducción
§126. Presentación del tema — Es de todos conocido que en el desarrollo del
Derecho administrativo, la insuficiencia de los criterios tradicionales hace surgir las
corrientes de pensamiento que han dado origen a las dos grandes escuelas cuyas
teorías han servido para la pretensión de definir el sistema de Derecho administra-
tivo entero. Como ideas-fuerza, estas teorías han gozado de predominio en una
época concreta (Araujo-Juárez)1.
En tal sentido, Hauriou 2 so stiene que son dos las nociones fundado ras o
maestras del Derecho adminis trativo:
(i) La de service publique: como la obra —el fin— que ha de ser ejecutada por
la Administración pública.
(ii) Y la de prérro gatives de puissance publiq ue: los medios ex orbitantes del
Derecho —poderes o prerrogativas de Poder público3.
§127. Servicio público — En primer lugar, es bien sabido, la Escuela de servi-
cio público hizo de la noción de ser vicio público el eje de sus construcciones jurídi-
cas, al punto que Jèze4 llega a afirmar que el Derecho público y el administrativo
son el conjunto de reglas relativas al servicio público.
En el mismo sentido la jurispr udencia francesa empieza a referirse, de ordina-
rio, directamente a la noción de servicio público para aplicar el Derecho adminis-
trativo (CE, fecha 13 de mayo de 19 38, Caisse primaire «Aide et Protection»,Rec. 417 ; D.
1939.3.65, concl. R. Latournerie, nota Pépy; RDPSP 1938.830, concl.; y JACEF, N° 48,
420 y ss.; y CE 31 de julio de 1942, Monpeurt, Rec. 239; D. 194 2.138, concl. Ségalat,
nota P. C.; JCP 1942.II .2046, co ncl., nota P. Laroque; RDPSP 1943.57, concl., nota
Bonnard; S. 1942.3.37, concl.; y JACEF N° 4 9, 429 y ss.).
Luego, el Conseil d’État, a partir del fallo Effimieff (TC, de fecha 2 8 de marzo de
1955, Rec. 617; AJ 1955.II.332 , nota J. A.; JCP 1955.II.8786, nota Blaevoet; RA 1955.285,
nota Liet-Veaux; y JACEF N° 66, 600 y ss.) utiliza la fórmula de una «misión de
1Araujo-Juárez, J. Ob. cit., nota 57, 59-72.
2Hauriou, M. Ob. Cit., nota 68, « Préface», IX.
3Santamaría Pastor hace referencia a que e s un juego de palabras difícilmente traducible. Hauriou,
M. Ob. cit., nota 68, 97.
4Jèze, G. Ob. cit., nota 32.
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