Decreto 1092 EXENTO - MODIFICA DECRETO Nº 201, DE 2006, QUE DECLARA CAMINOS PÚBLICOS EN LAS ÁREAS URBANAS DE LA REGIÓN DE VALPARAÍSO, A LAS CALLES O AVENIDAS QUE INDICA - MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 450383586

Decreto 1092 EXENTO - MODIFICA DECRETO Nº 201, DE 2006, QUE DECLARA CAMINOS PÚBLICOS EN LAS ÁREAS URBANAS DE LA REGIÓN DE VALPARAÍSO, A LAS CALLES O AVENIDAS QUE INDICA

EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor24 de Julio de 2013

MODIFICA DECRETO Nº 201, DE 2006, QUE DECLARA CAMINOS PÚBLICOS EN LAS ÁREAS URBANAS DE LA REGIÓN DE VALPARAÍSO, A LAS CALLES O AVENIDAS QUE INDICA

Núm. 1.092 exento.- Santiago, 12 de julio de 2013.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 24 y 25 del decreto con fuerza de ley Nº 850, de 1997, del Ministerio de Obras Públicas, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 15.840, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas, y del decreto con fuerza de ley Nº 206, de 1960, Ley de Caminos; el decreto N° 201, de 2006, del Ministerio de Obras Públicas; el decreto Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, modificado mediante decreto Nº 96, de 2009, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

Que es necesario incorporar nuevas calles o avenidas urbanas a la administración de la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas, complementando lo establecido en el decreto N° 201, de 2006, del Ministerio de Obras Públicas, en lo que compete a la comuna de Villa Alemana.

Que el artículo 24º del decreto con fuerza de ley Nº 850, de 1997, del Ministerio de Obras Públicas, permite declarar caminos públicos a dichas vías urbanas. A su vez, el artículo N° 25 del mismo cuerpo legal señala que los caminos públicos nacionales son, entre otros, los calificados como tales por el Presidente de la República.

Que,el numeral 1° del Capítulo IV "Ministerio de Obras Públicas" del artículo 1° del decreto Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, modificado mediante decreto Nº 96, de 2009, del mismo Ministerio, faculta al Ministro de Obras Públicas para firmar por orden del Presidente de la República la presente declaratoria.

Que la materia a que se refiere este decreto, está exenta del trámite de toma de razón, según el dictamen N° 68.784, de 2009, de la Contraloría General de la República, en concordancia con lo dispuesto por la resolución N° 1.600, de 2008, de esa misma Contraloría General,

Decreto:

  1. Modifícase el decreto N° 201, del 7 de marzo del año 2006, del Ministerio de Obras Públicas, en el siguiente sentido:

    1.1 Agrégase en el numeral 2°, lo siguiente:

    . Ruta F-210, Cruce F-30-E - Quintero

    . Ruta F-218, Cruce F-210 – Ritoque

    1.2 Agrégase en el numeral 4°, lo siguiente:

    VILLA ALEMANA

    . El tramo urbano de la Ruta F-560, desde Ruta 60-

    CH hasta el límite urbano sur; a...

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