Analizando el intencionalismo interpretativo - Núm. 35, Noviembre 2019 - Anuario de Filosofía Jurídica y Social - Libros y Revistas - VLEX 879161305

Analizando el intencionalismo interpretativo

AutorVictor García Yzaguirre
CargoMáster. Facultad de Derecho de la Universidad Austral de Chile. Valdivia
Páginas69-97
69 Anuario de Filosofía Jurídica y Social, Nº34 (2018), Páginas 69-97
Sociedad Chilena de Filosofía Jurídica y Social
ANALIZANDO EL
INTENCIONALISMO
INTERPRETATIVO
Víctor García Yzaguirre
Máster. Facultad de Derecho de la
Universidad Austral de Chile. Valdivia,
Chile. garciayzaguirre@gmail.com.
RESUMEN
En el presente trabajo realizo
una crítica al capítulo III del libro
Argumentación e interpretación
jurídica. Escepticismo,
intencionalismo y constructivismo
de Isabel Lifante Vidal. En dicho
apartado la autora reconstruye y
critica las tesis de Andrei Marmor
y Joseph Raz sobre el uso de la
intención de la autoridad en la
interpretación jurídica. Al respecto,
mi objetivo será demostrar que
dichas tesis intencionalistas
requieren asumir que la práctica
interpretativa está orientada a
instanciar valores y objetivos
valiosos, de forma tal que la
autora solo tendría, con estas
tesis, una discrepancia sobre qué
valores y objetivos se deberían
instanciar. Para tal fin voy a
concentrarme en los siguientes
puntos: i) identificar las tesis
principales del intencionalismo
interpretativo; ii) identificar,
analizar y criticar las principales
observaciones que formula
Isabel Lifante Vidal a las tesis del
intencionalismo; y iii) criticar que
la mejor manera de entender la
práctica de la interpretación sea
considerar que está orientada
a valores y que es necesario
comprometerse con estos.
PALABRAS CLAVE
intencionalismo, interpretación,
cognitivismo
ANALYZING INTERPRETIVE
INTENTIONALISM
ABSTRACT
In the present work I make a
criticism to chapter III of the book
Argumentación e interpretación
jurídica. Escepticismo,
intencionalismo y constructivismo
by Isabel Lifante Vidal. In this
section the author reconstructs
and criticizes the theses of
Andrei Marmor and Joseph Raz
on the use of the intention of the
authority in legal interpretation.
In this regard, my objective will
be to demonstrate that these
intentionalist theses require that
interpretive practice be oriented
to instantiate values and valuable
objectives. For this purpose, I
will concentrate on the following
points: i) identify the main theses
of interpretive intentionalism;
ii) identify, analyze and criticize
the main observations made by
Isabel Lifante Vidal to the thesis
of intentionalism; and iii) criticize
that the best way to understand
the practice of interpretation
is to consider that it is value-
oriented and that it is necessary to
commit oneself to these values.
KEYWORDS
intencionalism, interpretation,
cognitivism
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Analizando el intencionalismo interpretativo.
Anuario de Filosofía Jurídica y Social, Nº35 (2019) - ISSN-0719-4455 - Chile
I. INTRODUCCIÓN
El objetivo del presente trabajo es realizar comentarios críticos al capítulo
III del libro Argumentación e interpretación jurídica. Escepticismo,
intencionalismo y constructivismo de Isabel Lifante Vidal. Para ello, haré
una reconstrucción de los puntos críticos del capítulo y discutiré con ellos
a efectos de dialogar tanto con Isabel Lifante Vidal como con las tesis
intencionalistas (de la manera en que son entendidas por la autora).
El texto para comentar forma parte de un libro dedicado a responder la
pregunta ¿cómo debemos interpretar el derecho? En este escenario, el
capítulo pretende dar buenas razones para no optar por la propuesta de
la teoría intencionalista subjetivista (Lifante Vidal, 2018: 133). Para dicho
propósito, la autora reconstruye y critica las tesis de Andrei Marmor y Joseph
Raz sobre la relevancia y fuerza de la intención del legislador al momento
de asignar significado a los enunciados que forman parte del derecho.
La autora eligió las tesis de Andrei Marmor y Joseph Raz dadas sus
concepciones del derecho como fenómeno autoritativo de las que se
siguen una tesis normativa de la interpretación basada en la intención de la
autoridad (Lifante Vidal, 2018: 136).1 Dicho en breve, estos autores justifican
la normatividad del derecho dado que es creado por una autoridad, por lo
que debe ser obedecido por ello, sea cual sea su contenido. En este sentido,
dichos autores consideran que los aplicadores deben tener en cuenta el
sentido que las autoridades normativas atribuyeron a los enunciados
jurídicos. Sobre este punto me detendré tanto en la reconstrucción de Raz
como de Marmor.
Sobre estas tesis intencionalistas la autora concluye que no está justificado
considerar que las propuestas de Marmor y Raz puedan ser tenidas como
teorías intencionalistas sobre la interpretación jurídica, pues no tratan a la
intención como criterio de corrección de las interpretaciones atribuibles.
Por otra parte, sostiene que el intencionalismo no es una propuesta teórica
incompatible con el constructivismo, pero es menos ambiciosa.
1 Por lo menos, ello es claro en el caso de Marmor, no así en el caso de Raz.

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