Acerca de las teorías de la pena - Temas centrales del derecho penal - Libros y Revistas - VLEX 1026868521

Acerca de las teorías de la pena

AutorAlejandro J. Rodríguez Morales
Páginas15-36
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TEMAS CENTRALES DEL DERECHO PENAL
ACERCA DE LAS TEORÍAS DE LA PENA*
¿Cuál es la finalidad de imponer una pena a una persona que ha delinqui-
do?, ¿cuál es ese fin que persigue el Estado, a través del ejercicio del mal llamado
ius puniendi, que en realidad espotestas puniendi?; aún más, ¿qué puede justificar
el que se incida de manera tan radical en el individuo mediante la pena? El
objeto de esta breve disertación es realizar un breve recorrido en torno a las
diversas teorías que se han elaborado al respecto del fin de la pena; esto es, cuál
es la finalidad que se persigue con la aplicación de la misma. Pero, además, se
intentará en estas sucintas líneas proyectar una teoría propia (reconociendo sus
limitaciones y sin pretender originalidad) en torno al fin de la pena.
Debe decirse en primer término que la doctrina ha estado divida en cuanto
al fin de las penas, respecto a lo cual se ha identificado una clasificación de las
teorías que tratan de explicar el porqué de las mismas en tres grupos determina-
dos: el de las llamadas teorías absolutas o retributivas; e l de las teorías relativas o
preventivas; y el de las teorías unitarias, eclécticas o de la unión, grupos estos en los
cuales suelen subsumirse las diversas perspectivas respecto del fin de la pena,
reseñadas de manera muy semejante por una gran cantidad de autores1.
*Versión actualizada y ampliada d e la Ponencia presentada en el XIII Con greso Latino-
americano, V Iberoamericano y I del Mercosur de Derecho Penal y Criminología. Traba-
jo publi cado origin almente en la o bra colecti va: Dire ito Penal & Cri minologia .Juruá
Editora. Sa o Pa ulo, Brasil. 2001.
1Entre ellos, ROXIN, Claus. Sentido y límites de la pena estatal. En, del mismo autor: Problemas
básicos del Derecho Penal. Editorial R eus. Madrid, España. 1 976; BACI GALUPO, Enrique .
Manual de D erecho penal. Editori al Tem is. San ta Fe de Bo gotá, Colombia . 199 8; REYE S
ECHANDÍA, Alfonso. Derecho Penal. Editorial Temis. Santa Fe de Bogotá, Colombia. 2000;
LESCH, Heiko. La funci ón de la pena . Unive rsidad E xternado de Colo mbia. Sa nta Fe de
Bogotá, Colombia. 1999; MIR PUIG, Santiago. El Derecho penal en el Estado social y democrático
de derecho. Ariel Derecho. Barcelona, España. 1994; VON L ISZT, Franz. La idea del fin en el
Derecho Penal. Editorial Temis. Santa Fe de Bogotá, Colombia. 1998; VON HIRSCH, Andrew.
Retribución y prevención como elementos de justificación de la pena. En ARROYO ZAPATERO,
NEUMANN y NIETO MARTÍN; Luis, Ulfrid y Adán (Coordinadores). Críti ca y justificación
del Derecho Penal en el cambio de siglo . Ediciones de la Universidad de Castilla – La Manc ha.
Cuenca, España. 2003. Más re cientemente, HASSEMER, Winfrie d. Warum Stra fe sein muss.
Ein Plädoyer. Ullstein Buchverlage. Berlín, Alemania. 2009; JAKOBS, Günther. La Pena Esta-
tal: Significado y Finalidad. Edi torial Civitas. Madrid, España. 2006; ROXIN, Claus. Cambios
en la teoría de los fines de la pena. En, del mi smo autor: La teoría del delito en la discusión actual.
Editorial Grijley. Lima, Perú. 2016; PAWLIK, Michael. Ciudadanía y derecho penal. Fundamen-
tos de la teoría de la pena y d el delito en un Estad o de li bertades. Editorial A telier. Barcelo na,
España. 20 16; HÖRNLE, Tatjana. Stra ftheorien. 2da. edición. Mohr Siebeck. Tubinga, Ale-
man ia. 2017 ; y AB RAHAM , M arkus . S ankt ion, Nor m, V ertra uen. Zu r Be deut ung des
Strafschmerzes in der Gegenwart. Duncker & Humblot. Berlín, Alemania. 2018.
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ALEJANDRO J. RODRÍGUEZ MORALES
Debe advertirse, en todo caso, que el presente trabajo no se propone estu-
diar el fin de la medida de seguridad que, como es bien sabido, es también,
junto a la pena, una posible consecuencia jurídica del delito, al menos en los
llamados sistemas dualistas.
Teorías absoluta s o retributivas de la pena
Las teorías absolutas o retributivas se han denominado así por caracteri-
zarse o hacerse hincapié en ellas en la retribución del mal al autor del delito y
porque persiguen la realización de valores absolutos, como la justicia o el afian-
zamiento del derecho.
Estas teorías a tribuyen a la pena como fin la aplicación de un mal para
retribuir otro mal (el d elito), esto es, conciben a la pena como un mal im-
puesto al autor del hecho delictivo, por lo que se trata precisamente de una
retribución.
Esta tendencia tiene en cuenta e l «momento» de la comisión del delito,
observa hacia el pasado y entiende la pena como una forma de retribuir el mal
que ha ocasionado el autor. Según las teorías absolutas la pena no persigue
fines de índole social sino la idea de la Justicia o de la realización del Derecho,
busca más bien el sufrimiento del delincuente por haber actuado contraria-
mente a la Justicia o al Derecho. En esta teoría, por ejemplo, puede fundamen-
tarse el ojo por ojo, diente por diente o ley del talión.
Así, estas teorías se basan en el castigo quia peccatum est (porque se ha
cometido el delito2), es decir, se trata de teorías que se sustentan en la idea de
imponer una pena por el hecho mismo de que se ha delinquido, sin tomar en
cuenta el futuro, ni en lo que respecta al autor ni en lo que respecta a la
sociedad más allá de la propia retribución lleva da a cabo.
Tienen como presupuesto el libre albedrío o indeterminismo y el princi-
pio de culpabilidad como medida de la pena, nociones que igualmente servi-
rían para sustentar una tal retribución. En efecto, se retribuye a una persona
por su culpabilidad (se le reprocha), con el aditamento de haber actuado libre-
mente o haciendo uso de su libre albedrío.
El sentido de la pena para estas teorías estriba en que la culpabilidad del
autor sea compensada mediante la imposición de un mal penal. La justifica-
ción de tal procedimiento no se desprende para esta tesis de c ualesquiera
fines a alcanzar con la pena, sino sólo de la realización de un ideal o valor
absoluto: la Justicia o el Derecho; en todo caso, entonces, la retribución (de allí
su vinculación con la noción de venganza). La pena, según estas teorías, no
sirve para otra cosa, sino que lleva su fin en sí misma. Tiene que ser porque
tiene que imperar la justicia 3.
2MURMANN, Uwe. Grundkurs S trafrecht. Pág. 21. Verlag C.H. Beck. Múnich, Alemania.
2011.
3ROXIN, Claus. Sentido y límites de la pena estatal. En, del mismo autor: Problemas básicos
del Derecho Penal. Op. cit., pág. 11.

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