3. Las expresiones en descrédito o deshonra (injuria)
Autor | Máximo Ortega Vintimilla |
Páginas | 33-46 |
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LA CALUMNIA Y LAS EXPRESIONES EN DESCRÉDITO O DESHONRA PERPETRADAS ...
3. LAS EXPRESIONES EN DESCRÉDITO O DESHONRA
(INJURIA)
Dentro de las infracciones que van contra el honor (honra, buen nombre o
integridad moral), tenemos a la injuria41 como tipo básico, y en consideración a su s
gradaci ones y ma tices (hi stórico, doctrina rios y de las diferentes legi slaciones)
podríamos, en general, decir que es toda expresión prof erida o acción que se ejecuta
en descrédito o deshonra en contra de otra persona; a su vez, por descrédito nos
referimos a aquella ofensa que tiende a lesionan el derecho de una persona de no
ser af ectado en la opinión acerca de su personalidad que otr os le tienen: honor
objetivo, reputación, fa ma; y, en cambio, como deshonra se entiende a la que lesio-
na el derecho de una persona a que otros respeten las cualidades personales que se
autoasigna: honor subjetivo.42
Ahora, si nos referimos a expresion es o accion es, entonces, con Cuello Calón,
se so stendría que las inj urias pueden consistir tan to en palabras, escritos, como en
hechos, eje mplo, las bofetadas; y, es obvio, que es tas deben exteriorizarse, mani-
festars e e n e l m undo ex terior ( no cabe hablar de i njuria si, po r e jemplo, se lo
escribe en un diar io íntimo); asimismo, cabe señalar que para el cometimiento de
esta infracción el autor lo puede exteriorizar a través de niños, locos y animales;
claro que es preciso, para que se configure la injuria, la existenci a n o s ólo del
animus injuriandi (voluntad de ejecutar los actos o de prof erir las expresiones inju-
riosas), sino también del co nocimiento por parte de l sujeto activo del ca rácter in-
jurioso, ofensivo de las expres iones proferidas43. Sobre el conocimiento y voluntad
analizaremos infra.
Asimismo, según Maggiore, la acción de este delito contra el honor, implica
una ofensa que puede ser real, escrita o ver bal, según su comisión s e realice a través
de gestos, escritos o dibujos (caricaturas); de forma directa, indirecta (como el caso
de los niños, locos o animal es a los que s e ref ería Cuello Calón supra), oblicua:
cuando no se concreta en a ctos positivos, sino en omisiones injuriosa s, v.g., cuando
una persona calla , teniendo la obligación de hablar o de obrar, o como cuando se
imputa a la víctima dete rminada fa lta con solo negar el victimario que las tiene;
v.g., yo no h e sido drogadi cto, prostituta o corrupto; per o, además, se presenta el
caso en el que la injuria no necesariamente exige la presencia directa, real del sujeto
pasivo , l a o fensa se la pu ede rea lizar a trav és del telé fono ce lular, de me dios
digitales: redes sociales, mensajería electrónica instantánea, emails, que se si rven de
dispositivos electrónicos: celular , laptops; asimismo, cabe hablar de la presencia del
41 La injuria es la forma genérica de vulnerar el honor, mientras que la calumnia es la forma calificada de la
injuria .
42 Ricardo Núñez, Manual de Derecho Penal Parte Especial (Córdoba, Marcos Lerner Editora Córdoba, 1999),
3, en htt p://fi les.u ladech .edu. pe/doc ente/ 328533 80/DER ECHO_ PENAL_ ESPEC IAL_I/ Sesion _05/
DELITOS%20 CONTRA%20E L%20HONOR.p df
43 Eugenio Cuello Calón, Derecho penal Parte especial, T. II, 633.
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