Dictamen nº 19770 de Contraloría General de la República, de 12 de Julio de 1990 - Doctrina Administrativa - VLEX 239458906

Dictamen nº 19770 de Contraloría General de la República, de 12 de Julio de 1990

deudas provenientes de la venta de departamentos de poblacion "parque ines de suarez" efectuada por canaempu a sus asignatarios regulares, tenian el caracter de reajustables, por haberse contraido las deudas con posterioridad a la vigencia del dl 539/74, que reestablecio el sistema de reajustabilidad de ella, que habia suprimido ley 17663. ello, porque art/1 lt/e de esta ultima ley no concedio el beneficio de no reajustabilidad simplemente "a los asignatarios de viviendas", sin mas, lo que hubiese constituido una impropiedad juridica, ya que la sola asignacion no genera deuda alguna que pueda estimarse como reajustable o no. por ello, agrego la frase "a que se refieren las leyes 14140 y 17227", pues las mismas efectivamente constituyeron a los asignatarios regulares, desde el momento de la entrega de la vivienda, "en deudores a favor de la respectiva institucion del saldo insoluto del precio pactado en el contrato de promesa a que se refiere el inciso siguiente", como lo senala textualmente ley 14140 art/1 inc/1 en su texto introducido por ley 17227. por ende, los asignatarios de viviendas de las ex cajas de prevision solo han adquirido la calidad de deudores por el hecho de la entrega de esas viviendas y desde la data de dicha entrega, criterio que se repite en dto 610/74 vivie art/2 inc/fin.; en el caso...

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