Dictamen nº 16114 de Contraloría General de la República, de 10 de Abril de 2008 - Doctrina Administrativa - VLEX 238915998

Dictamen nº 16114 de Contraloría General de la República, de 10 de Abril de 2008

N° 16.114 Fecha: 10-IV-2008

Profesional funcionario con desempeño en el Hospital de Chillan, se ha dirigido a esta Contraloría General exponiendo una serie de inquietudes relativas a las labores que realiza la Corporación Nacional Autónoma de Certificación de Especialidades Médicas, las que dicen relación, fundamentalmente, con la facultad que tendría dicha entidad para certificar especialidades médicas y la validez de esas certificaciones.

Sobre el particular, cabe manifestar, en primer término, que la Corporación Nacional Autónoma de Certificación de Especialidades Médicas-CONACEM es una institución de derecho privado, constituida con arreglo a lo dispuesto en el Título XXXIII, del Libro I, del Código Civil y en el decreto N° 110, de 1979, del Ministerio de Justicia, aprobatorio del Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones, que tiene por objeto efectuar el reconocimiento de especialistas, en determinadas áreas o campos, a los médicos cirujanos que así lo soliciten.

En este contexto, resulta útil añadir que la jurisprudencia administrativa contenida en los dictámenes N°s. 19.310, de 1996 y 37.079, de 1998, entre otros, ha manifestado que los certificados que emite la aludida Corporación son válidos para que los efectos de acreditar que un profesional funcionario posee una determinada especialidad médica.

Conforme con lo anterior, las certificaciones que la mencionada corporación efectúe en el ejercicio de sus atribuciones, tienen plena validez legal para los efectos de acreditar que un profesional funcionario posee una determinada especialidad médica.

Enseguida, la interesada requiere se aclare si la expresión "entre otros" que utiliza el oficio N° 5.474, de 2007, de la Contraloría Regional del Bío-Bio para referirse a los medios que resultan idóneos para acreditar una especialidad médica, incluiría a la certificación de una especialidad derivada o relacionada con la especialidad solicitada.

Al respecto, se debe recordar que el artículo , letra c), del decreto...

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