Dictamen nº 28403 de Contraloría General de la República, de 1 de Junio de 2009 - Doctrina Administrativa - VLEX 238871222

Dictamen nº 28403 de Contraloría General de la República, de 1 de Junio de 2009

N° 28.403 Fecha: 1-VI-2009

El Intendente y Presidente del Gobierno Regional de Los Lagos ha solicitado a esta Entidad Fiscalizadora un pronunciamiento sobre la pertinencia de las observaciones formuladas por la Contraloría Regional de Los Lagos, en sus oficios N°s 6.921 y 8.923, ambos de 2007, según los cuales lo informado por esa autoridad regional a esa sede regional mediante el oficio N° 1.158 de 2007, correspondería a una respuesta no efectiva que contravendría el artículo 15 de la ley N° 10.336. Asimismo consulta respecto de la naturaleza de obra de carácter público que la Contraloría Regional aludida otorga a los proyectos de electrificación rural ejecutados con cargo a los recursos contemplados en el presupuesto del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, financiados parcialmente con recursos del contrato de préstamo N° 1475/OC-CH del Banco Interamericano de Desarrollo y con aportes privados.

Al respecto, manifiesta que de acuerdo con las normas del Contrato de Préstamo y de su Reglamento. Operativo, ese Gobierno Regional se encuentra facultado para designar como unidad técnica a la Unidad Técnica de Electrificación Rural existente en la Región desde el año 2004, la que actúo como tal en todos los contratos celebrados con la Sociedad Austral de Electricidad S.A. -SAESA-, a diferencia de aquellos contratos suscritos con las empresas eléctricas CRELL y SOCOEPA, en los que se designó unidad técnica a los municipios de la jurisdicción respectiva, conforme a los convenios mandato celebrados con arreglo al artículo 16 de la ley N° 18.091.

Agrega que no comparte el criterio sustentado por la aludida Oficina Regional, que estima que los proyectos de electrificación rural de que se trata revisten el carácter de obra pública. Indica que la glosa 03, común para todos los programas 02 de los Gobiernos Regionales, establece que con cargo a tales recursos se podrá otorgar subsidios o aportes reembolsables a empresas de los sectores público o privado para la ejecución de proyectos de inversión de interés social en las áreas de electrificación y generación de electricidad, entre otros que menciona. En la especie, señala, el proyecto corresponde a una transferencia de recursos, subsidios, al sector privado, para que ejecute obras de electrificación rural que no se incorporan al patrimonio fiscal, sino que son de propiedad de la empresa que ejecuta el proyecto respectivo.

Por su parte, la Contraloría Regional de Los Lagos informa que las observaciones objeto de la presentación de la referencia, han surgido de la fiscalización efectuada al Programa de Electrificación Rural, Crédito BID 1475/OC-CH, que analizó la cartera de proyectos contratados en el año 2005, indicando, entre otros aspectos, que el Gobierno Regional de Los Lagos no estableció una unidad técnica facultada para aplicar multas en la supervisión técnica de las obras de electrificación rural derivadas de los contratos suscritos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR