Resolución núm. 10862 EXENTA, publicada el 31 de Diciembre de 2013. FIJA COSTOS DE PUBLICACION EN EL DIARIO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE CHILE - MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 483680662

Resolución núm. 10862 EXENTA, publicada el 31 de Diciembre de 2013. FIJA COSTOS DE PUBLICACION EN EL DIARIO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE CHILE

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rango de LeyResolución

FIJA COSTOS DE PUBLICACION EN EL DIARIO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE CHILE

Santiago, 26 de diciembre de 2013.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 10.862 exenta.- Visto: Lo dispuesto en los artículos 326 y 75, inciso tercero, de la Constitución Política de la República; en el artículo 7º del Código Civil; en el artículo 3º, letra e), del DFL Nº 7.912 de 1927, del Ministerio del Interior; en la Ley Nº 20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en el DL Nº 2.136 de 1978, del Ministerio de Hacienda; en la Ley Nº 20.641, Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2013; en la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL Nº 1/19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, de 13 de diciembre de 2000; en el artículo 4º de Ley Nº 20.494; en la resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; en la resolución Nº 6.793, de fecha 20 de agosto de 2013, que crea el Departamento Diario Oficial, dependiente de la División Jurídica del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, y la resolución Nº 6.794, de 20 de agosto de 2013, que fija los costos de publicación en el Diario Oficial de la República para el año 2013;

Considerando

Que, de conformidad al artículo 3º, letra e), del DFL Nº 7.912 de 1927, del Ministerio del Interior, que fija las atribuciones de las Secretarías de Estado, a esta Cartera le corresponderá el Diario Oficial, diario que hasta el 26 de agosto de 2013, fue producido y editado primeramente y en forma directa por este Ministerio y posteriormente a través de la Empresa periodística la Nación S.A.

Que, con fecha 24 de septiembre de 2012, en Asamblea Extraordinaria de Accionistas, la Empresa Periodística La Nación S.A. decidió su disolución, nombrando en el mismo acto a la Comisión Liquidadora, la cual en un plazo máximo de tres años debía proceder a su liquidación completa.

Que, en razón de lo dispuesto en el artículo 3º, letra e), del DFL Nº 7.912, antes citado, vigente de conformidad a lo preceptuado por la Ley Nº 20.502, es de responsabilidad de esta Cartera a partir de la fecha citada en el primer considerando de la presente resolución la edición, publicación y distribución del Diario Oficial, en tanto bien intangible...

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