Resolución núm. 6794 EXENTA, publicado el 26 de Agosto de 2013. FIJA COSTOS DE PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE CHILE
Emisor | MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA |
Rango de Ley | Resolución |
FIJA COSTOS DE PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE CHILE
Núm. 6.794 exenta.- Santiago, 20 de agosto de 2013.- Visto: Lo dispuesto en los artículos 32 N° 6 y 75, inciso tercero, de la Constitución Política de la República; en el artículo 7º del Código Civil; en el artículo 3°, letra e), del DFL N° 7.912 de 1927, del Ministerio del Interior; en la Ley N° 20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en el DL N° 2.136 de 1978, del Ministerio de Hacienda; en la Ley N° 20.641, Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2013; en la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL N° 1/19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, de 13 de diciembre de 2000; en el artículo 4° de Ley N° 20.494; en la Resolución N° 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; en la Resolución Exenta N° 6.793, de fecha 20 de agosto de 2013, que crea el Departamento Diario Oficial, dependiente de la División Jurídica del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, y
Considerando:
Que, de conformidad al artículo 3º, letra e), del DFL N° 7.912 de 1927, del Ministerio del Interior, que fija las atribuciones de las Secretarías de Estado, a esta Cartera le corresponderá el Diario Oficial, diario que hasta 1931 y por razones históricas, fue producido y editado directamente por este Ministerio o a través de una empresa pública.
Que, posteriormente, el Fisco concurrió a la constitución de una sociedad anónima, dando origen a la empresa periodística La Nación S.A., disponiéndose que a ella le correspondía editar el Diario Oficial. Ello, en virtud de lo señalado en el DFL N° 79 de 1931, del Ministerio de Hacienda, que estableció que la citada entidad se haría cargo de la Imprenta Nacional creada por Decreto Supremo sin número del Ministerio del Interior, de 1876, y de publicar este Diario.
Que, con fecha 24 de septiembre de 2012, en Asamblea Extraordinaria de Accionistas, la Empresa Periodística La Nación S.A. decidió su disolución, nombrando en el mismo acto a la Comisión Liquidadora, la cual en un plazo máximo de tres años debía proceder a su liquidación completa.
Que, en razón de lo dispuesto en el artículo 3º, letra...
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