1. Oficio N° 1998 DE 20.07.2023 - Núm. 123, Septiembre 2023 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 951932864

1. Oficio N° 1998 DE 20.07.2023

Páginas189-189
189
JUSTIFICACIÓN DE LOS GASTOS,
DESEMBOLSOS O INVERSIONES DE LOS CONTRIBUYENTES
NOVEDADES TRIBUTARIAS
JULIO - AGOSTO 2023
NOVEDADES TRIBUTARAS JULIO - AGOSTO
OFICIOS IVA
1. Ocio N° 1998 DE 20.07.2023
TEMA IVA: IVA en la venta de inmueble resultante de la subdivisión de parcela.
De acuerdo con su presentación, una empresa adquirió en el año 2006 un terreno
para su explotación agrícola y ganadera, el cual ahora pretende subdividir para su
venta, solicitando conrmar que, por el mero hecho de subdividir el terreno para
enajenar los lotes resultantes – junto con una porción del camino que será construido
para transitar entre estos – la enajenante no se convierte en vendedor habitual para
efectos del IVA.
Al efecto se informa que, conforme al texto vigente del N° 1°) del artículo 2° de la Ley
sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS), el hecho gravado “venta” considera
la enajenación de bienes corporales inmuebles construidos, de una cuota de dominio
sobre dichos bienes o de derechos reales constituidos sobre ellos.
Asimismo, prescribe que “los terrenos” no se encontrarán afectos al impuesto
establecido en la LIVS, deduciéndose el valor del terreno de la base imponible en
los términos señalados en la letra g) del artículo 16 o en el artículo 17, ambos de la
LIVS, según corresponda.
Consecuentemente, para efectos de este hecho gravado, lo relevante es determinar si
el bien raíz respectivo tiene la naturaleza de inmueble construido, incluyendo en este
concepto los caminos interiores, portones de entrada, las instalaciones de tendido
eléctrico, instalación de las obras, etc.
Luego, la habitualidad debe ser determinada respecto del inmueble construido,
pudiendo congurarse –en el presente caso– en la medida que la construcción del
camino que forma parte del bien inmueble que se desea vender no fue efectuada
para su uso, sino que únicamente con el ánimo venta.
2. Ocio N° 2009 DE 20.07.2023
TEMA IVA: IVA en la prestación de servicios vinculados al apoyo de la
industria minera.
e ha solicitado a este Servicio un pronunciamiento sobre la aplicación de IVA a diversas
actividades destinadas a prestar apoyo a la industria minera.
I ANTECEDENTES
De acuerdo con su presentación, una empresa que presta servicios de apoyo a la
actividad minera emitió una serie de facturas afectas a IVA durante los períodos de
octubre de 2019 hasta agosto de 2022 por los servicios prestados a dos empresas
mineras.

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