Causa nº 6849/2010 (Casación). Resolución nº 43259 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 1 de Junio de 2012
Fecha de Resolución | 1 de Junio de 2012 |
Movimiento | RECHAZADAS CASACIÓN FORMA Y FONDO |
Rol de Ingreso | 6849/2010 |
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación | 1519-2009 C.A. de Valparaíso |
Rol de Ingreso en Primer Instancia | -0-0 |
Emisor | Sala Tercera (Constitucional) |
Santiago, uno de junio de dos mil doce.
Vistos:
En estos autos rol Nº 6849-2010, la sociedad "V.S. y Compania Limitada" dedujo recursos de casacion en la forma y en el fondo contra la sentencia pronunciada por la Corte de Apelaciones de Valparaiso con fecha diecinueve de agosto de dos mil diez, que rechazo el reclamo de ilegalidad interpuesto en contra del giro de la patente rol Nº 222903, emitido por la Municipalidad de Valparaiso.
El reclamo de ilegalidad expreso que la accionante es una sociedad civil, ya que sus actividades consisten en la explotacion de bienes inmuebles que le pertenecen a traves de su arrendamiento. Por consiguiente, no reconoce dentro de su objeto social y giro el de una sociedad de inversion ni de profesionales, de manera tal que no le era aplicable la regla del articulo 24 de la Ley de Rentas Municipales.
Se trajeron los autos en relacion.
Considerando:
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En cuanto al recurso de casacion en la forma.
Que, en primer termino, el recurso de nulidad formal denuncia que la sentencia impugnada incurrio en la causal contemplada en el articulo 768 Nº 4 del Codigo de Procedimiento Civil, toda vez que se extendio a un punto no sometido a la decision del tribunal al indicar que no se hace lugar al reclamo de ilegalidad ya que fue deducido contra una "carta" y que, por tanto, no se encuadra dentro de los actos susceptibles de impugnacion por esta via, en circunstancias que el acto objeto del reclamo era el giro de la patente Nº 222903, segun aparece en la parte petitoria de aquel y del merito de los antecedentes agregados a los autos.
Que la segunda causal de nulidad invocada es la prevista en el articulo 768 Nº 5 del Codigo de Procedimiento Civil, en relacion con el articulo 170 Nº 6 del mismo cuerpo legal, por haberse omitido la decision del asunto controvertido, puesto que el fallo objetado no se pronuncio acerca de si el acto "giro de la patente Nº 222903" y no otro, era ilegal.
Que el fallo decidio rechazar el reclamo luego de concluir que este se dirige contra una carta que contiene una comunicacion que emana del Director de Rentas de la Municipalidad de Valparaiso, por la que pone en conocimiento de la sociedad actora que se ha girado la patente rol Nº 222903 por el segundo semestre del ano 2009 por un valor de $ 468.140 y que dicha carta no puede encuadrarse dentro de los actos a que se refiere el articulo 12 de la Ley Nº 18.695.
Que de los terminos expuestos es posible concluir que el tribunal sentenciador no ha incurrido en ninguna de las causales invocadas -que...
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