Causa nº 6135/2009 (Casación). Resolución nº 32409 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 21 de Septiembre de 2009 - Jurisprudencia - VLEX 67312857

Causa nº 6135/2009 (Casación). Resolución nº 32409 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 21 de Septiembre de 2009

Fecha de Resolución21 de Septiembre de 2009
MovimientoINADMISIBLE CASACIÓN FORMA RECHAZADA, CASACIÓN FONDO
Rol de Ingreso6135/2009
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, veintiuno de septiembre de dos mil nueve.

Vistos y teniendo presente:

Primero

Que en conformidad a lo dispuesto en los artículos 781 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó dar cuenta de los recursos de casación en la forma y en el fondo deducidos por la demandante a fojas 121.

  1. En cuanto a la casación en la forma.

Segundo

Que en primer término, la recurrente deduce recurso de casación en la forma, fundándolo en la causal 5ª del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, en relación con el artículo 458 números y del Código del Trabajo.

Tercero

Que para que pueda ser admitido el recurso en examen, es indispensable que el que lo entabla haya reclamado de la falta, ejerciendo oportunamente y en todos sus grados los recursos establecidos por la ley, requisito al cual no se ha dado cumplimiento en la especie, desde que el demandado no dedujo recurso de nulidad formal en contra de la sentencia de primer grado, siendo la sentencia impugnada confirmatoria de aquélla, por lo que será declarado inadmisible.

  1. En cuanto a la casación en el fondo

Cuarto

Que el recurrente señala como infringidos los artículos 1, 3, 7, 9, 160, 161, 163, 168, 171, 172, 455, 456 y 458 del Código del Trabajo; y 1545 y 1698 del Código Civil. Sostiene, en síntesis, que los sentenciadores habrían incurrido en un error de derecho al declarar que entre las partes del juicio no existió una relación de prestación de servicios personales de naturaleza laboral.

Quinto

Que del tenor del recurso, aparece que éste se desarrolla sobre la base de hechos no establecidos por los jueces del fondo, esto es, que la actora prestó servicios para la demandada bajo subordinación y dependencia. Sin embargo, y pe se a denunciar infracción de las leyes reguladoras de la prueba llamadas a regir la materia, el recurso no cumple con las exigencias de procedencia señaladas en la ley, toda vez que no desarrolla determinadamente ?más allá de una apreciación diversa de los antecedentes agregados al proceso- en qué consisten los errores de derecho que pretende en la aplicación de las referidas leyes reguladoras de la prueba.

Sexto

Que lo razonado resulta suficiente para concluir que el recurso en análisis adolece de manifiesta falta de fundamento, lo que conduce a su rechazo en esta etapa de su tramitación.

Por estas consideraciones y normas legales citadas, se declara inadmisible el recurso...

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