Tribunal Ambiental rechazó reclamaciones presentadas por Minera Maricunga contra medidas urgentes y transitorias y clausura definitiva dictadas por la SMA contra el proyecto Refugio - Núm. 55, Octubre 2017 - Boletín FIMA - Noticias - VLEX 828276577

Tribunal Ambiental rechazó reclamaciones presentadas por Minera Maricunga contra medidas urgentes y transitorias y clausura definitiva dictadas por la SMA contra el proyecto Refugio

El Tribunal Ambiental de Santiago, por la unanimidad de sus integrantes, dictó dos sentencias en las que rechazó tres reclamaciones interpuestas por Compañía Minera Maricunga (CMM) en contra de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), relacionadas con el procedimiento sancionatorio que el ente fiscalizador abrió contra el proyecto Minero Refugio.

En marzo de 2016, la SMA sancionó a Maricunga con la clausura definitiva del sector de pozos de extracción de agua (RA-1, RA-2 y RA-3), ubicados en el Corredor Biológico Pantanillo-Ciénaga Redonda, tras comprobar que debido a su acción se desecaron al menos 70 hectáreas de humedales ubicados en el complejo lacustre Laguna del Negro Francisco y Laguna Santa Rosa Rosa y existía riesgo de desecación de otras 73 hectáreas. En espera de resolver un recurso de reposición presentado por la empresa en contra esta sanción, el ente fiscalizador decretó – previa autorización del Tribunal Ambiental- dos medidas urgentes y transitorias (MUT) consistentes en la clausura temporal (total, primero, y parcial, luego) del mismo sector.

Sanción de clausura

Respecto a la reclamación por la sanción de clausura total de los pozos de extracción, el Tribunal fundó el rechazo, entre otros aspectos, en que en el caso de autos, se configuró una desviación procesal; toda vez que “ante esta sede, CMM ha planteado una pretensión distinta y desvinculada de aquella contenida en el recurso de reposición interpuesto ante la SMA. En efecto, mientras en sede administrativa se pidió la adecuación o modificación de la sanción de clausura definitiva de los pozos de extracción de agua, contenida en la Resolución Exenta N° 234/2016, ante esta judicatura la reclamante de autos solicita la declaración de ilegalidad de dicha resolución, fundamentada, en lo particular, en la falta de precisión del cargo formulado, infringiendo el principio de tipicidad”.

Esta sentencia también rechazó las alegaciones respecto a eventuales ilegalidades en la resolución que modificó la sanción –acogiendo un recurso presentado por la propia empresa-, en aspectos relacionados con la forma, requisitos, condiciones y gradualidad en la implementación de la sanción. De acuerdo a los antecedentes presentados por Maricunga estas ilegalidades habrían estado asociadas al incumplimiento del requisito de la consulta; la “inmiscución” de la SMA en facultades del Sernageomin; y en un error en el cálculo de la cantidad de agua otorgada por la SMA.

“Que, teniendo en cuenta...

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