Tramitación de la licencia médica de papel emitida como tipo 5 o 6 - Núm. 97, Julio 2021 - Manual ejecutivo laboral - Libros y Revistas - VLEX 895920547

Tramitación de la licencia médica de papel emitida como tipo 5 o 6

AutorRicardo Garrido.
Páginas38-42
38
MANUAL EJECUTIVO LABORAL
6. Aplicación del artículo 77 bis de la Ley N°16.744
Caso del empleador o trabajador independiente no adscrito
Si el organismo administrador del Seguro de la Ley N°16.744 rechaza el reposo
otorgado en la Licencia Médica Electrónica tipo 5 o 6, por considerar que la patología
que la motiva es de origen común, deberá consignar dicha circunstancia en la Zona E
de la licencia, procediendo de acuerdo a lo señalado en la Letra B, Título IV, del Libro III.
CAPÍTULO VI.
Tramitación de la licencia médica de papel emitida como tipo 5 o 6
1. Otorgamiento de una licencia médica de papel tipo 5 o 6
Para el otorgamiento de una licencia médica en formulario de papel tipo 5 o 6, el
profesional habilitado para su emisión deberá completar la sección que le corresponde
y llenar los datos de la licencia médica que son de su responsabilidad, precisando en
la sección A.3. que se trata de una licencia médica tipo 5 o 6.
Si el trabajador tiene más de un empleador, el profesional habilitado deberá otorgar
tantas licencias por igual período y diagnóstico, como empleadores tenga y sea
necesario.
2. Tramitación de la licencia médica de papel tipo 5 o 6 por el trabajador dependiente
El trabajador dependiente deberá entregar la licencia médica de papel tipo 5 o 6 a su
empleador, quien deberá fechar y rmar el respectivo comprobante. En caso que el
empleador no reciba la licencia médica, el trabajador podrá presentarla directamente
ante el organismo administrador del Seguro de la Ley N°16.744, efectuando, además,
la respectiva Denuncia Individual de Accidente del Trabajo (DIAT) o Denuncia Individual
de Enfermedad Profesional (DIEP).
3. Tramitación de la licencia médica de papel tipo 5 o 6 por el empleador o trabajador
independiente
El empleador o trabajador independiente deberá completar los datos requeridos en
la licencia médica en formulario de papel tipo 5 o 6 y presentarla ante el organismo
administrador al que se encuentre adherido o aliado. Adicionalmente, el empleador
podrá adjuntar la respectiva DIAT o DIEP, según corresponda, en caso que tenga
conocimiento de los datos del accidente o enfermedad que dio origen a la emisión
de la licencia médica tipo 5 o 6.
El empleador deberá presentar los antecedentes señalados al organismo administrador
dentro de los 3 días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la licencia médica
en formulario de papel tipo 5 o 6.
A su vez, el trabajador independiente deberá presentar la licencia dentro de los 2 días
hábiles siguientes a la fecha de su emisión, efectuando la respectiva DIAT o DIEP,
según corresponda.

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