Corte Suprema, 2 de julio de 1998. V.T.R. Telecomunicaciones S.A. (casación en el fondo) - Núm. 2-1998, Mayo 1998 - Revista de Derecho y Jurisprudencia y Gaceta de los Tribunales - Libros y Revistas - VLEX 228285810

Corte Suprema, 2 de julio de 1998. V.T.R. Telecomunicaciones S.A. (casación en el fondo)

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La Corte Suprema acogió el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia de segunda instancia, la declaró nula y procedió a dictar la correspondiente sentencia de reemplazo.

C.S., rol 1.413-97.

  1. de A. de Santiago.

Tercer Juzgado del Trabajo de Santiago, rol 52.772-932, "Mora Albornoz, Alexis con V.T.R. Telecomunicaciones S.A.".


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La Corte Suprema, conociendo del recurso de casación en el fondo:

Vistos:

Ante el Tercer Juzgado de Letras en lo Laboral de Santiago, causa Rol Nº 52.772- 93, don Alexis Mora Albornoz deduce demanda por despido injustificado en contra de V.T.R. Telecomunicaciones S.A., a fin de que ésta sea condenada al pago de las indemnizaciones que señala, con costas.

La demandada, contestando la demanda, solicita el rechazo de la misma, sosteniendo que la remuneración no es la correcta, que no corresponde incluir los rubros demandados y que la gratificación pactada no es a todo evento.

El Tribunal de primera instancia, en fallo de cinco de noviembre de mil novecientos noventa y seis, que se lee a fs. 122 y siguientes, declarando injustificado el despido, acoge la demanda y ordena pagar las indemnizaciones que señala, incluyendo en el concepto de remuneración la gratificación señalada por el demandante, con costas.

El tribunal de segunda instancia, por la vía de la apelación, confirmó sin modificaciones la de primer grado, en sentencia de dos de abril del año recién pasado, escrita a fs. 164, contra la cual la demandada recurre de casación en el fondo a fin de que esta Corte la anule y dicte una de reemplazo por la que se rechace la inclusión de la gratificación para el cálculo de las indemnizaciones respectivas y rechace el pago de diferencias de gratificaciones demandadas por el actor.

Se trajeron estos autos en relación.

Considerando:

Primero: Que la demandada recurre de casación en el fondo contra la sentencia de segunda instancia, ya individualizada, sosteniendo que se ha cometido un error de derecho en ella, consistente en haber dado al beneficio de la gratificación convenida por las partes, el carácter de "garantizado", lo que llevó a incluirlo en el concepto de "última remuneración men-Page 92sual" y a ordenar el pago de diferencias de gratificación por el saldo de los anticipos demandados.

Segundo: Que en concepto del recurrente, se ha infringido en la sentencia impugnada, el artículo 172 del Código del Trabajo, el que excluye expresamente del concepto de remuneración a la...

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