Sufragio de chilenos desde el extranjero - Núm. 3, Enero 2011 - Artículos de Libertades Públicas - Libros y Revistas - VLEX 496949286

Sufragio de chilenos desde el extranjero

AutorEnrique Díaz Bravo - Martín Morales
Páginas74-75

Page 74

Publicada el 25 de febrero de 2011 en El Mercurio

Señor Director:

En carta publicada el lunes 21 de febrero, el señor Andrés Tagle ha manifestado que no es efectivo que el proyecto de reforma constitucional, comentado por nosotros en carta publicada el 19 del mismo mes, limite el ejercicio del derecho a sufragio de los chilenos que se encuentran en el extranjero, lo que a nuestro juicio es una equivocación, por cuanto:

  1. Nuestra Constitución Política no limita el ejercicio del derecho a sufragio de los chilenos que se encuentran en el extranjero. En consecuencia, si estos compatriotas no han ejercido su derecho a sufragio, es porque no se han dictado las normas legales que tiendan a hacer efectivo dicho ejercicio fuera de nuestras fronteras. Existe, por consiguiente, una omisión legislativa. Es así que en la carta anterior abogamos para que se dicten las normas legales que promuevan el ejercicio del derecho en comento.

  2. En cuanto al predominio del criterio de residencia, que identifica el señor Tagle en el ordenamiento legal, cabe indicar que la Constitución sólo alude, para estos efectos, a la residencia en su articulo 13. Se puede concluir y razonar, como en derecho corresponde, que el criterio de privilegiar la residencia sobre la ciudadanía, incluso por sobre la nacionalidad, no es el criterio en el cual se cimienta el ejercicio del derecho a sufragio en nuestra Carta Fundamental, pues es invocado en forma excepcional para los chilenos nacidos en el extranjero, por tanto respecto de los demás chilenos no existen otros requisitos que ser mayor de edad y no haber sido condenados a pena aflictiva.

  3. Un análisis simplista a la reforma propuesta, como lo es, a nuestro parecer, el planteado por el señor Tagle, puede inducir al errado convencimiento de que ésta viene a entregar una nueva opción a los chilenos residentes en el extranjero para que puedan hacer efectivo el ejercicio del derecho a sufragio. Empero, una reforma que pretende introducir un requisito que hoy no existe en nuestra Constitución, como condición de ejercicio de un derecho tan relevante como es el sufragio, es prima facie una limitación a este derecho.

  4. El derecho a sufragio es una consecuencia del...

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