SOCIEDAD PROFESIONAL SILVA Y EZQUERRO LIMITADA - 21 de Julio de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 907787986

SOCIEDAD PROFESIONAL SILVA Y EZQUERRO LIMITADA

Fecha de publicación21 Julio 2022
Número de registroCVE-2159625
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.307
CVE 2159625 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.307 | Jueves 21 de Julio de 2022 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2159625
EXTRACTO
MYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público, Titular de la 21ª Notaría de
Santiago, con oficio en Huérfanos 578, Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 12
de julio de 2022, bajo el Repertorio Nº 6.326/2022, otorgada ante mí notario suplente don
RAIMUNDO ESPINOZA WOOD, doña ALEJANDRA EUGENIA DEL CARMEN SILVA
AGUILERA, CI Nº 11.625.481-6, chilena, abogada, domiciliada en Tobalaba 591 dpto. 22,
Providencia, Región Metropolitana; y doña MARÍA JOSEFINA EZQUERRO MANCILLA, CI
Nº 19.130.841-7, chilena, soltera, abogada, domiciliada en Humberto Trucco 105, Ñuñoa,
Región Metropolitana; constituyeron sociedad profesional de responsabilidad limitada, que se
regirá por las disposiciones de la Ley Nº3.918 y sus modificaciones posteriores, por las normas
del Código Civil y de Comercio. Razón social: “SOCIEDAD PROFESIONAL SILVA Y
EZQUERRO LIMITADA”, pudiendo usar el nombre de fantasía “SILVA & EZQUERRO
LTDA.” o “ASEZ ABOGADOS LTDA.”.- Objeto: El objeto de la sociedad será: la prestación de
toda clase de servicios profesionales jurídicos, incluyendo servicios y asesorías en materias
conexas o derivadas de la principal; tales como las indicadas en cláusula Segundo de la escritura
extractada.- Capital: $3.000.000, aportado por los socios de la siguiente forma: (a) Alejandra
Silva Aguilera, aporta la suma de $2.100.00, ingresando en este acto $1.000.000 a caja social, y
la diferencia a enterar en el plazo de 2 años en la medida de las necesidades sociales y (b) María
Josefina Ezquerro Mancilla, aporta la duma de $900.000, ingresando en este acto $300.000 y la
diferencia a enterar en el plazo de 2 años en la medida de las necesidades sociales desde la fecha
de este instrumento.- Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón
social corresponderá a ambos socios conjunta o separadamente quienes actuando en
representación de la sociedad, anteponiendo sus firmas a la razón social, teniendo para ello las
más amplias facultades de administración y disposición pudiendo obligarla en toda clase de actos
y contratos que se indican en la cláusula Quinto de escritura extractada.- Duración: La sociedad
se pacta por el período de 2 años, a contar de la fecha de la presente escritura. Este plazo se
entenderá prorrogado en forma tácita y automática por períodos iguales y sucesivos de 2 años
cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de no perseverar en su continuación
mediante declaración por escritura pública y demás estipulaciones que se indican en cláusula
Décimo de la escritura extractada.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 18 de
Julio de 2022.

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