Sociedad de Inversiones Grupo Pozo Flores Limitada 76.786.337-3 - 9 de Julio de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 870738786

Sociedad de Inversiones Grupo Pozo Flores Limitada 76.786.337-3

Fecha de publicación09 Julio 2021
Número de registroCVE-1974263
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta42.998
CVE 1974263 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.998 | Viernes 9 de Julio de 2021 | Página 1 de 2
Empresas y Cooperativas
CVE 1974263
EXTRACTO
MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, abogado, Notario Público Titular 7ª Notaría de
Santiago, Agustinas 1161, Entrepiso, Certifica: Por escritura pública de 30/06/2021 ante mí: don
MIGUEL ANGEL POZO FLORES, Ingeniero en Comercio Internacional, chileno, soltero,
domiciliado en pasaje lo valdes número dos mil quinientos veinte, Comuna de San Joaquín,
Santiago, Región Metropolitana y doña MARIA MAGDALENA FLORES ARAVENA, factor
de comercio, chilena, casada, quien actúa bajo su patrimonio reservado de mujer casada en
conformidad con lo prescrito en el artículo ciento cincuenta del código civil, domiciliada en
pasaje lo valdes número dos mil quinientos veinte, Comuna de San Joaquín, Santiago, Región
Metropolitana, ambas comparecientes mayores de edad, quienes acreditan su identidad con las
cédulas respectivas y exponen: que han convenido en el siguiente contrato de cesión de derechos
sociales, modificación social, transformación y modificación de razón social, conforme a las
estipulaciones que se indican: PRIMERO: Que por escritura pública de veintidós de Agosto de
dos mil diecisiete, otorgada ante Notario Público Suplente de Santiago doña Carmen Hortensia
Soza Muñoz, de la Notaría María Soledad Santos Muñoz, Titular de la séptima notaría de esta
ciudad, los comparecientes Miguel Ángel Pozo Flores y María Magdalena Flores Aravena
constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada, cuya razón social es “Sociedad de
Inversiones Grupo Pozo Flores Limitada”, y cuyo nombre de fantasía es Grupo Pozo Flores
Limitada, repertorio número trece mil trescientos cincuenta del mismo año. Esta Sociedad se
inscribió a fojas setenta y un mil veintidós número treinta y ocho mil trescientos veinticinco, con
fecha trece de septiembre de dos mil diecisiete del Registro de Comercio del Conservador de
Bienes raíces de Santiago y se publicó en el Diario Oficial el dieciséis de Septiembre del año dos
mil diecisiete. RUT 76.786.337-3. Capital $1.000.000.- SEGUNDO: En este acto y por este
instrumento; a) el compareciente don Miguel Ángel Pozo Flores vende, cede y transfiere el cien
por ciento de sus derechos sociales equivalentes a un cincuenta por ciento del capital social y un
cincuenta por ciento de sus utilidades de la Sociedad a doña María Magdalena Flores Aravena,
quien compra, acepta y adquiere para sí. a) El precio de la cesión de los derechos sociales
celebrada entre don Miguel Ángel Pozo Flores y doña María Magdalena Flores Aravena es la
suma de quinientos mil pesos que se paga en dinero en efectivo en este acto. En virtud de las
cesiones de los derechos sociales que dan cuenta las cláusulas anteriores, los únicos y actuales
socios de “Sociedad de Inversiones Grupo Pozo Flores Limitada” son: a) doña María Magdalena
Flores Aravena, con un cien por ciento de los derechos sociales equivalentes al cien por ciento
del capital social y un cien por ciento de las utilidades. TERCERO: Se otorga amplio y completo
finiquito entre la Sociedad “Sociedad de Inversiones Grupo Pozo Flores Limitada” y don Miguel
Ángel Pozo Flores y doña María Magdalena Flores Aravena. CUARTO: “Sociedad de
Inversiones Grupo Pozo Flores Limitada” responderá de todos los impuestos que adeude o que
pueda adeudar aún en su constitución primitiva, y de todos los impuestos que como resultados de
sus operaciones adeude o pueda adeudar personalmente el constituyente que se retira, todo ello
en virtud de lo dispuesto en el artículo sesenta y nueve del Código Tributario. Por el presente
instrumento, los comparecientes, vienen en transformar conforme a lo preceptuado en el artículo
noventa y seis del título noveno de la ley dieciocho mil cuarenta y seis y lo por lo preceptuado en
el artículo octavo número trece y articulo sesenta y nueve del decreto ley ochocientos treinta y
constituir una sociedad por acciones conforme a lo preceptuado en el párrafo ocho del Título
Séptimo del Libro Segundo del Código de Comercio, y teniendo además presente las normas del
Código Civil y de Comercio que versan sobre la materia en todo lo que no se estipule en el
presente instrumento, la que tendrá el siguiente estatuto social: QUINTO: RAZON SOCIAL: El
nombre de la sociedad será Valhalla Asset SpA, sin perjuicio de usar el nombre de fantasía o
sigla comercial de VA SpA, pudiéndola usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y
para actuar inclusive ante Bancos, instituciones financieras y ante cualquier organismo públicos
o privado.- SEXTO: OBJETO SOCIAL: El objeto de la sociedad será la inversión de capitales,

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR