SOCIEDAD COMERCIAL E INDUSTRIAL RACCOLTA LIMITADA 77.154.730-3 - 8 de Marzo de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 862160588

SOCIEDAD COMERCIAL E INDUSTRIAL RACCOLTA LIMITADA 77.154.730-3

Fecha de publicación08 Marzo 2021
Número de registroCVE-1906957
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta42.899
CVE 1906957 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.899 | Lunes 8 de Marzo de 2021 | Página 1 de 2
Empresas y Cooperativas
CVE 1906957
EXTRACTO
R. ALFREDO MARTIN ILLANES, abogado, Notario Público Titular de la 15° Notaría de
Santiago, con oficio en calle Mardoqueo Fernández N° 201 locales 101 y 102, Providencia,
certifico: Por escritura pública de fecha 11 de Diciembtr de 2020, otorgada ante mi suplente
Francisco Rubén Rojas Arriagada, RICARDO JOSÉ MOLINA ESPINOSA, ISABEL
MARGARITA MORBIDUCCI MILLÁN y PAULA ISABEL MOLINA MORBIDUCCI, todos
domiciliados para estos efectos en calle Calahorra N° 1.028, comuna de Las Condes, Región
Metropolitana. Únicos y actuales socios de SOCIEDAD COMERCIAL E INDUSTRIAL
RACCOLTA LIMITADA, en adelante también la “Sociedad”. Un extracto de dicha escritura fue
inscrito a fojas nueve mil setenta y tres, número siete mil cuatrocientos cinco, del Registro de
Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año mil novecientos
noventa y ocho, y fue publicada en el Diario Oficial con fecha catorce de abril del mismo año.- A
la fecha, los estatutos de la Sociedad han sido objeto de modificación mediante escritura pública
de fecha veintiocho de julio del año dos mil once, otorgada en la Notaría de Santiago de doña
Linda Scarlett Bosh Jimenez. Un extracto autorizado de dicha escritura fue inscrito a fojas
cuarenta y cuatro mil cuatrocientos sesenta y siete, número treinta y dos mil ochocientos sesenta
y tres del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente
al año dos mil once, y fue publicada en el Diario Oficial con fecha veintiocho de julio del mismo
año, acordaron lo siguiente: Cesión de Derechos Sociales: Por el presente instrumento doña
ISABEL MARGARITA MORBIDUCCI MILLÁN; y doña PAULA ISABEL MOLINA
MORBIDUCCI venden, ceden y transfieren a don RICARDO JOSÉ MOLINA ESPINOSA,
quien compra, acepta y adquiere para sí, el veinticinco por ciento de los derechos sociales de la
Sociedad, de propiedad de las cedentes.- Extensión de la cesión.- Quedan comprendidos en las
ventas, cesiones y transferencias de derechos sociales señaladas en el párrafo anterior, todos los
haberes, derechos, aportes de cualquier naturaleza, intereses y utilidades, capital, fondos sociales
de cualquier índole, finalidad o denominación, y derechos en general que a cualquier título
correspondan o hayan correspondido a las Cedentes.- Entrega de títulos.- Para los efectos de lo
previsto en el artículo mil novecientos uno del Código Civil, don RICARDO JOSÉ MOLINA
ESPINOSA declara que se les hizo entrega material por parte de doña ISABEL MARGARITA
MORBIDUCCI MILLÁN; y doña PAULA ISABEL MOLINA MORBIDUCCI los títulos de los
derechos que en virtud de este instrumento se ceden, y que están constituidos por copias
autorizadas de las escrituras públicas de la Sociedad. - Precio de la Cesión de Derechos
Sociales.- Las Cedentes y el Cesionario acuerdan que el precio de la cesión de derechos sociales
efectuada en este acto corresponde a la suma de quinientos mil pesos. Se deja constancia que el
precio se paga en efectivo en este acto, declarando la Cedente recibirlo en este acto a su más
entera satisfacción.- Finiquito.- Las partes, según sea aplicable, se otorgan recíprocamente entre
sí, un amplio y completo finiquito respecto de sus obligaciones derivadas de la constitución de la
Sociedad, declarando que no existen entre ellos obligaciones o deudas de ninguna naturaleza y
por ningún concepto en su calidad de socios.- Transformación de la sociedad: Asimismo, a
consecuencia de la cesión de derechos que se hace referencia anteriormente, don RICARDO
JOSÉ MOLINA ESPINOSA, en su calidad de único y actual accionista acordó transformar la
Sociedad en Sociedad por Acciones, cuyas estipulaciones principales son: Socios: don
RICARDO JOSÉ MOLINA ESPINOSA, Razón Social: “SOCIEDAD COMERCIAL E
INDUSTRIAL RACCOLTA SpA”. No obstante lo anterior, la Sociedad podrá utilizar el nombre
de fantasía “RACCOLTA SpA”, Domicilio: ciudad de Santiago, sin perjuicio de poder establecer
agencias, sucursales u oficinas en otros puntos del país o del extranjero, Duración: la duración de
la sociedad será indefinida. Objeto: El objeto de la Sociedad es: a) La actividad comercial en
todas sus formas más amplias, en especial la compraventa, importación, exportación, distribución
y comercialización de toda clase de bienes, artículos o productos, por cuenta propia o ajena; la
representación de empresas nacionales y extranjeras; la explotación del comercio exterior,

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