Estado social de derecho no implica crear monopolios estatales - Núm. 1589, Abril 2023 - Temas Públicos - Libros y Revistas - VLEX 930142849

Estado social de derecho no implica crear monopolios estatales

Páginas1-8
TEMAS PÚBLICOS
www.lyd.org
Nº 1589 - 2
27 de abril de 2023
ISSN 0717-1528
1
ESTADO SOCIAL DE DERECHO NO IMPLICA CREAR
MONOPOLIOS ESTATALES
El Estado social y democrático de derecho garantiza a las personas, además de las
libertades clásicas, la provisión de ciertos bienes sociales. Sin embargo, y a propósito
de la discusión al interior de la Comisión de Expertos, esta definición nada dice sobre
la manera en que estos bienes deben ser provistos.
Una concepción est atista del Estado social de derecho, en su versión más extrema,
prohíbe la provisión de bienes sociales por parte de privados, y monopoliza dicha
actividad en el Estado; y, en su versión menos extrema, permite que los privados
colaboren con él, pero subordinados a las normas que fije éste, particularmente
respecto a su financiamiento o administración. En cambio, una concepción liberal del
Estado social de derecho, debe ser respetuoso de la libertad de las personas y la
autonomía de los cuerpos intermedios, debe valorar el esfuerzo y la responsabilidad
personal y comunitaria, y secundar las decisiones de las personas sobre cómo
prefieren obtener los fines que se han propuesto, sin paternalismos
1
. Bajo esta
definición, el Estado, para el cumplimiento de sus fines, debe incorporar y promover
la participación de los privados en la provisión de bienes sociales, ya sea por sí mismos
o bajo formas de colaboración público-privadas.
Estos matices demuestran que no hay una única forma de entender dicho concepto
respecto al rol del Estado en la provisión de derechos sociales. Desde el punto de vista
práctico, entre los países que se definen constitucionalmente como un Estado social,
existen variadas interpretaciones acerca del papel del Estado en relación a dicho
concepto y cada país lo aplica de forma diversa en su organización, lo que obviamente
influye en cómo se proveen los derechos sociales.
1
Libertad y Desarrollo, “¿Hacia un Estad o social de derecho? Elementos para la discusión”, Temas Públicos
N°1566-2, 2022, p. 4.
Las implicancias de un Estado social de derecho no son únicas en cuanto a cómo se
proveen los derechos sociales. Por el contrario, los países se organizan de manera
diferente, en base a consideraciones particulares.
Lo anterior no significa “constitucionalizar” una u otra forma de organizarse, pero
tampoco desconocer los riesgos que implica desconocer el aporte privado en ámbitos
como la educación y la salud en la historia de Chile.

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