El significado de los llamados «cursos de investigación hipotéticos» en el marco de la teoría de prohibición de empleo de la prueba - Problemas fundamentales del derecho penal y procesal penal. Estudios selectos - Libros y Revistas - VLEX 976351358

El significado de los llamados «cursos de investigación hipotéticos» en el marco de la teoría de prohibición de empleo de la prueba

AutorChristian Jäger
Cargo del AutorProfesor de las cátedras de Derecho Penal y Derecho Procesal Penal en la Universidad Friedrich Alexander Erlangen-Núremberg
Páginas63-81
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PROBLEMAS FUNDAMENTALES DEL DERECHO PENAL Y PROCESAL PENAL
EL SIGNIFICADO DE LOS LLAMADOS «CURSOS DE
INVESTIGACIÓN HIPOTÉTICOS» EN EL MARCO DE
LA TEORÍA DE PROHIBICIÓN DE EMPLEO DE LA
PRUEBA1
Dedicado al Prof. Gabriel Pérez Barbera con quien, desde su estadía de
investigación en el Instituto del Prof. Roxin en Múnich, me siento vincu-
lado no solo científica, sino también amistosamente.
Sobre ningún otro problema procesal penal se ha discutido tan-
to en el pasado como sobre la cuestión de bajo qué condiciones la
violación de una prohibición referente a la obtención de la prueba
tiene como consecuencia una prohibición de empleo de dicha prue-
ba. También Claus Roxin ha dedicado su atención a este tema en
numerosas publicaciones. Roxin es considerado por ello, y con ra-
zón, como uno de los más prominentes conocedores de la problemá-
tica alemana del empleo de material probatorio. Esto tiene mucho
mayor peso cuando se considera que él, en su Manual de derecho
procesal penal enfatiza que, a pesar de los intensos esfuerzos de la
literatura procesal y de la jurisprudencia, todavía no se ha logrado
estructurar una teoría generalmente reconocida en materia de pro-
hibición de pruebas2. Esta apreciación resulta con seguridad acerta-
da y debería despertar una mayor preocupación de la que ha mos-
trado la dogmática de los últimos años, la cual se ha ocupado úni-
camente del tratamiento de cuestiones meramente particulares, que
para una generalización teorética aparecen como poco adecuadas y
de allí que deban ser puestas en duda como base para una teoría
fundamental en torno a la prohibición de la prueba. Lo anterior es
válido también para la exigencia, ampliamente generalizada, de una
1Traducción de Minor Enrique Salas, Universidad de Costa Rica, del original en alemán
«Die Bedeutung hypothetischer Ermittlungsverläufe im Rahmen der Lehre von den
Beweisverwertungsverboten».
2Roxin, Strafverfahrensrecht, 25.ª edición, 1998, § 24, número marginal 13.
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CHRISTIAN JÄGER
consideración más amplia de los cursos de investigación hipotéticos
(hypothetische Ermittlungsverläufe), de los cuales este artículo se
ocupará más detalladamente.
A. Estado actual de la teoría sobre prohibición de prueba3
Si se considera el estado actual de la teoría alemana en materia
de prohibición de pruebas, resulta que únicamente la distinción en-
tre: proh ibic ione s depen dientes en el e mple o de la prue ba
(unselbständige Beweisverwertungverbote) y prohibiciones indepen-
dientes (selbständige Beweisverwertungsverbote), es lo que se reco-
noce casi unánimemente. Esta distinción requiere algunas breves
explicaciones:
Se habla de una prohibición en el empleo de la prueba de ca-
rácter independiente cuando, sin que exista un error en la obtención
de la prueba por parte del Estado, la valoración de los medios de
prueba queda excluida, debido a la consideración de puntos de vis-
ta constitucionales de rango superior. Por el contrario, hay que par-
tir de una prohibición de empleo de la prueba de carácter depen-
diente cuando la no utilización de la prueba se basa en un error en
la obtención de la misma; error este que está regulado legalmente.
Debido a que esta diferenciación es polémica, se debe considerar
también la siguiente explicación como punto de partida.
I. Prohibición de empleo de la prueba que no se fundamenta
en el quebr antamie nto de proh ibiciones legale s sobre la
obtención de material probatorio (prohibición de empleo de
la prueba de carácter independiente)
Las prohibiciones de empleo de material probatorio llamadas
independientes entran en consideración en casos en los cuales los
medios de prueba fueron obtenidos por las autoridades de persecu-
ción penal en forma intachable, pero donde surge una prohibición
de empleo de la prueba en virtud de la consideración de puntos de
vista constitucionales de carácter superior y debido al tipo de mate-
rial probatorio. Ilustrativo en este punto resulta la confiscación legí-
tima (es decir, sin incurrir en un error estatal) de un diario personal.
3Una panorámica general sobre el estado de la cuestión en torno a la teoría de la prohibición
de prueba, la ofreceRoxin, Strafverfahrensrecht, § 24, números marginales 23 y ss., tam-
bién U. Schroth, en JuS 1998, p. 969 y ss. Digna de leerse resulta también la exposición de
Julio Maier, Derecho procesal penal, Tomo I, Fundamentos, p. 858 y ss.

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