Decreto 89 - ACEPTA RENUNCIA VOLUNTARIA AL CARGO DE DIRECTOR SERVIU DE LA REGIÓN DEL MAULE Y NOMBRA EN FORMA PROVISORIA Y TRANSITORIA, EN CONFORMIDAD A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO QUINCUAGÉSIMO NOVENO DE LA LEY Nº 19.882, AL PROFESIONAL QUE INDICA - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 456762302

Decreto 89 - ACEPTA RENUNCIA VOLUNTARIA AL CARGO DE DIRECTOR SERVIU DE LA REGIÓN DEL MAULE Y NOMBRA EN FORMA PROVISORIA Y TRANSITORIA, EN CONFORMIDAD A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO QUINCUAGÉSIMO NOVENO DE LA LEY Nº 19.882, AL PROFESIONAL QUE INDICA

EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor16 de Septiembre de 2010

ACEPTA RENUNCIA VOLUNTARIA AL CARGO DE DIRECTOR SERVIU DE LA REGIÓN DEL MAULE Y NOMBRA EN FORMA PROVISORIA Y TRANSITORIA, EN CONFORMIDAD A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO QUINCUAGÉSIMO NOVENO DE LA LEY Nº 19.882, AL PROFESIONAL QUE INDICA

Santiago, 15 de julio de 2010.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 89.- Visto: Lo dispuesto en la Ley Nº 16.391, que crea el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo; el Decreto Ley Nº 1.305, de 1975, del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, que reestructura y regionaliza el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo; el artículo 32, número 10 de la Constitución Política del Estado; los artículos 7, 12, 13 y 148 del D.F.L. Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; el artículo quincuagésimo noveno de la Ley Nº 19.882; la Ley Nº 20.407, de Presupuestos para el año 2010; el DS. Nº 19, de 2001, del Ministerio SEGPRES; la Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que regula el trámite de toma de razón, y

Considerando:

  1. Que a contar del 12 de julio de 2010, el señor Eugenio Diego Delgado De Nordenflycht presentó la renuncia voluntaria al cargo de Director Serviu grado 4 EUR, de dotación del Serviu Región del Maule, en el cual fue nombrado en forma transitoria y provisoriamente.

  2. Que el referido cargo de Director Serviu debe ser provisto a través de concurso público, abierto, de amplia difusión, en conformidad a lo dispuesto en los artículos quincuagésimo octavo y siguientes de la Ley Nº 19.882.

  3. Que por Oficio Nº 161, de 6 de abril de 2010, se solicitó del Servicio Civil el correspondiente llamado a concurso.

  4. Que el artículo quincuagésimo noveno de la Ley Nº 19.882 señala que de haber cargos de alta dirección vacantes, cualesquiera sea el número de los que se encuentren en esta condición, la autoridad facultada para hacer el nombramiento podrá proveerlos transitoria y provisionalmente, en tanto se efectúa el proceso de selección pertinente, con personas que cumplan con los requisitos legales y los perfiles exigidos para desempeñarlos.

Decreto:

  1. - Acéptase la renuncia voluntaria presentada por don Eugenio Diego Delgado De Nordenflycht, RUN 5.297.079-2, al cargo de Director Serviu grado 4 EUR, de dotación del Serviu Región del Maule, a contar del 12 de julio de 2010.

  2. - Nómbrase a don Jaime Álvaro Espínola Flores, abogado, RUN...

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