Decreto núm. 725 EXENTO, publicado el 08 de Septiembre de 2005. MODIFICA ORDENANZA QUE REGULA EL HORARIO DE FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS QUE EXPENDEN BEBIDAS ALCOHOLICAS - MUNICIPALIDAD DE RIO CLARO - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470641466

Decreto núm. 725 EXENTO, publicado el 08 de Septiembre de 2005. MODIFICA ORDENANZA QUE REGULA EL HORARIO DE FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS QUE EXPENDEN BEBIDAS ALCOHOLICAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE RIO CLARO
Rango de LeyDecreto

MODIFICA ORDENANZA QUE REGULA EL HORARIO DE FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS QUE EXPENDEN BEBIDAS ALCOHOLICAS

Cumpeo, 23 de agosto de 2005.- La Alcaldía decretó hoy lo siguiente:

Núm. 725 exento.- Vistos: El decreto alcaldicio Nº 100 de fecha 15 de diciembre de 1997, mediante el cual se aprobara el texto refundido de la Ordenanza de Derechos Municipales; el acuerdo del Concejo Municipal tomado en el sesión ordinaria de fecha 8 de agosto de 2005.

Considerando: Las facultades que me confiere la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, Ley número 18.695, cuyo texto refundido y sistematizado fue regulado por el DFL 1/19.704; lo expresado en el decreto número 3.063, Ley de Rentas Municipales, y a lo señalado en la Ley 19.925, Ley sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas,

Decreto:

Artículo 1º

Apruébase la modificación a la ordenanza municipal que regula el horario de funcionamiento de los establecimientos que expenden bebidas alcohólicas, en los términos que a continuación se indican.

Artículo 2º

El horario de funcionamiento de los supermercados, botillerías y, en general, de los locales que expenden bebidas alcohólicas para no ser consumidas dentro del local y de los establecimientos que expendan bebidas alcohólicas para ser consumidas dentro del mismo local, será el establecido por el artículo 21 de la ley 19.925.

Artículo 3º

La presente modificación al horario de funcionamiento de los locales que expendan bebidas alcohólicas comenzará a regir desde el día en su publicación en el Diario Oficial.

Artículo 4º

Publíquese la presente modificación a la ordenanza en el Diario Oficial por el señor Secretario Municipal.

Anótese y transcríbase el presente decreto a la Cuarta Comisaría de Carabineros de Talca, al Juzgado de Policía Local y a las Direcciones Municipales.- Isabel González González, Alcalde.- Sergio Venegas Contreras, Secretario Municipal.

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