Segunda parte - La presidencia. Sus deberes, sus poderes, sus oportunidades y sus limitaciones - Libros y Revistas - VLEX 1028434541

Segunda parte

AutorWilliam H. Taft
Cargo del AutorEx Presidente de los Estados Unidos. Ex Presidente de la Corte Suprema de EE.UU.
Páginas43-49
43
SEGUNDA PARTE
Poder ejecutivo.
Habiendo examinado en el capítulo anterior el poder legislativo del presidente,
paso ahora a estudiar sus atribuciones exclusivamente ejecutivas.
El presidente de la república está investido con la facultad de inquerir de los
jefes ejecutivos de los distintos departamentos respecto a todos los asuntos que ten-
gan lugar en sus correspondientes reparticiones; debe informar al congreso nacional
de la marcha del país y recomendar se tomen aquellas medidas que se hicieran ne-
cesarias; incúmbenle los nombramientos de altos jefes, así como el convocar el con-
greso a sesiones extraordinarias y suspenderlo en el caso de discordia entre ambas
cámaras.
miniStroS del gaBinete.
La constitución de los Estados Unidos no hace referencia alguna al gabinete
ni lo reconoce como un cuerpo legal, aunque en ciertos estatutos, hechos a la lige-
ra, aparezca la expresión: “miembros del gabinete” y la corte suprema haya he cho
uso de ese término en sus deliberaciones sobre el poder ejecutivo. La constitución
no parece estimar una asamblea en consejo de los jefes de esos departamentos
sobre el estado, y la historia de Inglaterra presenta una analogía al respecto. El
gabinete no es en la Gran Bretaña un cuerpo conforme a los estatutos establecidos
por la ley, puesto que solo existe por costumbre. De ahí que todo el sistema de un
gobierno responsable, por el cual un voto indicando falta de conanza en el jefe
del gabinete y sus colegas, implique su dimisión, mientras que en el sentido inglés
es constitucional, solo reside en el hábito. El jefe del gobierno inglés, al elegir sus
colegas de gabinete, lo hace entre aquellos miembros del parlamento que más e-
cazmente puedan cooperar con él para conservar la conanza indispensable de la
mayoría. Los miembros del gabinete en tales gobiernos tienen una fuerza indepen-
diente y sus voces respectivas ejercen en consecuencia mayor importancia. Cada
uno de ellos, lo mismo en una que en otra cámara, debe estar preparado para con
testar las preguntas que se le dirijan, defender al gobierno y abogar por la legisla-
ción que persigue y de la cual es responsable. A los ministros ingleses, por lo tanto,

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