Causa nº 7594/2008 (Casación). Resolución nº 7594-2008 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 17 de Marzo de 2009 - Jurisprudencia - VLEX 55566870

Causa nº 7594/2008 (Casación). Resolución nº 7594-2008 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 17 de Marzo de 2009

JuezGabriela Pérez P.,Patricio Valdés A.,Patricio Figueroa S.,Sonia Araneda B.,Julio Torres A.
Sentido del falloRECHAZA CASACION EN EL FONDO
Corte en Segunda Instancia
Número de expediente7594-2008
Partes SASSO YUCRA KAREN LETICIA CON CLINICA DE SALUD INTEGRAL LIMITADA
Número de registrorec75942008-cor0-tri6050000-tip4
Fecha17 Marzo 2009
Tipo de proceso(Trabajo) Casación Fondo
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)

Santiago, diecisiete de marzo de dos mil nueve.

Vistos:

En autos rol Nº 94.114-07 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Rancagua, doña K.L.S.Y. deduce demanda en contra de Clínica de Salud Integral Limitada, representada por don J.P.P.K., a fin que se declare que su despido fue injustificado y se condene a la demandada al pago de las prestaciones e indemnizaciones que indica, o las que el tribunal regule, más reajustes, intereses y costas.

La demandada, evacuando el traslado conferido, opuso la excepción de prescripción y solicitó el rechazo del libelo, argumentando que el despido de la trabajadora se ajustó a la causal establecida en el artículo 1607 del Código del Trabajo, por las razones que explica y que son improcedentes los cobros realizados.

En sentencia de diecisiete de junio de dos mil ocho, escrita a fojas 103, el tribunal de primer grado rechazó la excepción de prescripción y acogió la demanda, declarando indebido el despido de la demandante y condenó a la demandada a pagar indemnización sustitutiva del aviso previo y por años de servicios, está última aumentada en un 80%, más reajustes, intereses y costas.

Se alzó la demandada y recurrió de nulidad formal y la Corte de Apelaciones de Rancagua, en fallo de trece de octubre del año pasado, que se lee a fojas 141, rechazó el recurso de casación en la forma y revocó el de primer grado, decidiendo en su lugar el rechazo de la demanda intentada, sin costas.

En contra de esta última decisión, la demandante deduce recurso de casación en el fondo, a fin que se la invalide y se dicte la de reemplazo que indica.

Se trajeron estos autos en relación.

Considerando:

Primero

Que la demandada sustenta el recurso de casación en el fondo que deduce, en la infracción de los artículos 455 y 456 del Código del Trabajo, los que relaciona con el artículo 20 del Código Civil.

Argumenta que, de acuerdo a la prueba rendida, la demandante obtuvo su licencia para operar equipos de radiaciones el 2 de julio de 2004, es decir, tres meses después de haber sido contratada, período en que realizó sus labores con conocimiento y consentimiento de la empleadora, entonces, no puede ser ahora la vigencia de esa licencia un elemento esencial de la convención. Agrega que la demandada funda el incumplimiento grave de la trabajadora en una obligación específica establecida en el contrato de trabajo suscrito sólo en septiembre de 2007, más de dos meses...

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