Decreto núm. 194, publicado el 25 de Noviembre de 1992. AUTORIZA CIRCULACION DE VEHICULOS QUE INDICA EN DIAS SABADOS, DOMINGOS Y FESTIVOS, SIN EXENCION DE OBLIGACION DE USO DE DISCO DISTINTIVO FISCAL - MINISTERIO DE MINERÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470733478

Decreto núm. 194, publicado el 25 de Noviembre de 1992. AUTORIZA CIRCULACION DE VEHICULOS QUE INDICA EN DIAS SABADOS, DOMINGOS Y FESTIVOS, SIN EXENCION DE OBLIGACION DE USO DE DISCO DISTINTIVO FISCAL

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE MINERÍA
Rango de LeyDecreto

AUTORIZA CIRCULACION DE VEHICULOS QUE INDICA EN DIAS SABADOS, DOMINGOS Y FESTIVOS, SIN EXENCION DE OBLIGACION DE USO DE DISCO DISTINTIVO FISCAL

Santiago, 21 de Octubre de 1992.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 194.- Visto: El oficio C.CH.E.N. N° 1.18/087, de la Comisión Chilena de Energía Nuclear; las disposiciones del Decreto Ley N° 799, de 1974, modificado por el Decreto con Fuerza de Ley N° 12-2.345, de 1979, y por la Ley N° 18.267; la resolución N° 55, de 1992, de la Contraloría General de la República; las atribuciones que le confiere al Presidente de la República el N° 8 del artículo 32 de la Constitución Política de la República de Chile, el N° 1ero. del artículo 1ero del Decreto Supremo N° 1.407, de 1991, del Interior, y

Considerando: las funciones que le corresponde desempeñar al Laboratorio de Geología y Minería de la Comisión Chilena de Energía Nuclear, en virtud de su Ley Orgánica, en especial aquella que dicen relación con las de llevar a cabo campañas de terreno para la prospección de materiales atómicos naturales y la comprobación de anomalías,

Decreto:

Artículo único

Autorízase la circulación en días sábados, domingos y festivos, con autorización escrita del Jefe del Departamento Administrativo y sin...

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