Causa nº 42790/2017 (Casación). Resolución nº 11 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 11 de Abril de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 708347601

Causa nº 42790/2017 (Casación). Resolución nº 11 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 11 de Abril de 2018

Fecha de Resolución11 de Abril de 2018
MovimientoRECHAZADO CASACIÓN FONDO MANIFIESTA FALTA DE F (M)
Rol de Ingreso42790/2017
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación2067-2017 - C.A. de Santiago
Rol de Ingreso en Primer InstanciaC-6821-2016 - 4º Juzgado de Familia Santiago
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, once de abril de dos mil dieciocho. Vistos y teniendo presente:

Primero

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por la demandante contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que confirmó la de primer grado que acogió la demanda de aumento de alimentos, con declaración que la pensión se regula en la suma de $1.000.000.

Segundo

Que la recurrente denuncia infracción a los artículos 233 y 329 del Código Civil, 32 de la Ley N°19.968 y 7 de la Ley N°14.908; porque la sentencia estimó que los ingresos del alimentante ascendían a $3.000.000 mensuales, afirmación que es producto de una errónea ponderación de la prueba, pues consta que posee cuatro inmuebles por los que percibe rentas de arrendamiento, participa en una sociedad comercial, mantiene diversos seguros y ahorros voluntarios, sus remuneraciones se ven incrementadas por tres sueldos adicionales al año, por lo que su capacidad económica es mayor a la que se consideró, como lo ratifica el análisis de sus movimientos bancarios que, entre marzo de 2015 y marzo de 2017, arroja depósitos por $343.468.934, fruto de las inversiones que realiza; lo anterior, además, supone que no es efectivo que la madre se encuentre en condiciones de efectuar un aporte mayor al paterno para cubrir los gastos de crianza de los hijos, cuyas necesidades fueron infravaloradas por los jueces, quienes prescindieron de las conclusiones contenidas en el informe social, considerando únicamente sus gastos exclusivos y no su participación en los relacionados con vivienda, servicios básicos y otros similares. De este modo, el monto otorgado es consecuencia de una incorrecta determinación de las facultades y circunstancias domésticas de las partes. Solicita invalidar la sentencia impugnada y dictar la de reemplazo que regule la pensión en la suma de $2.000.000.

Tercero

Que los jueces del fondo dieron por acreditados los siguientes hechos: 1.- Las partes son progenitores de los niños R., M. y J., todos de apellidos M.R., a cuyo favor regularon alimentos el año 2012, ascendentes a $1.305.333, compuesto por el depósito de $843.000 y el pago directo de servicios como teléfonos, talleres de verano, afiliación de salud, entre otros; durante el año 2014, debido a la cesantía del padre, los rebajaron a la suma de $650.000, más la...

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