Decreto 76 - MODIFICA DECRETO Nº 179, DE 2011, Y APRUEBA RESPUESTAS Y ACLARACIONES A CONSULTAS CORRESPONDIENTES A PROCESO DE LICITACIÓN PÚBLICA DE OTORGAMIENTO DE SUBSIDIO A LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE MARÍTIMO EN 'LITORAL NORTE REGIÓN DE AYSÉN' - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 380435334

Decreto 76 - MODIFICA DECRETO Nº 179, DE 2011, Y APRUEBA RESPUESTAS Y ACLARACIONES A CONSULTAS CORRESPONDIENTES A PROCESO DE LICITACIÓN PÚBLICA DE OTORGAMIENTO DE SUBSIDIO A LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE MARÍTIMO EN 'LITORAL NORTE REGIÓN DE AYSÉN'

EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor19 de Junio de 2012

MODIFICA DECRETO Nº 179, DE 2011, Y APRUEBA RESPUESTAS Y ACLARACIONES A CONSULTAS CORRESPONDIENTES A PROCESO DE LICITACIÓN PÚBLICA DE OTORGAMIENTO DE SUBSIDIO A LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE MARÍTIMO EN "LITORAL NORTE REGIÓN DE AYSÉN"

Núm. 76.- Santiago, 26 de marzo de 2012.- Visto: Lo dispuesto en el decreto ley Nº 557, de 1974; el DFL Nº 279, de 1960; la Ley de Navegación contenida en el decreto ley Nº 2.222 de 1978, del Ministerio de Defensa Nacional; la Ley de Fomento a la Marina Mercante contenida en el decreto ley Nº 3.059 de 1979; la Ley Nº 20.557, que fija el Presupuesto del Sector Público para el año 2012, la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, Nº 18.575, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL Nº 1, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; el artículo 1º, Apartado I, Nº 28 del DS Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; el decreto Nº 179, de 2011, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y demás normativa aplicable.

Considerando:

  1. Que, el artículo 14º de la ley Nº 3.059, citada en el visto establece que cuando el Estado exija realizar tráficos especiales que no estén cubiertos por empresas navieras nacionales, deberá licitarse un subsidio para ser adjudicado a aquellas empresas navieras chilenas que se comprometan a cumplir el tráfico referido.

  2. Que, la ley Nº 3.059 ya citada, establece que el subsidio deberá ser financiado con cargo al presupuesto del Ministerio que corresponda, siendo el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones responsable, mediante el otorgamiento de Subsidios al Transporte en Zonas Aisladas.

  3. La necesidad de los habitantes de las localidades de Melinka, Raúl Marín Balmaceda, Santo Domingo, Melimoyu, Isla Toto, Puerto Cisnes, Gaviota y Puerto Aguirre, entre otras del "Litoral Norte de Aysén", de contar con servicios de transportes que les permitan acceder a una mejor integración territorial, económica y social, con centros de mayor desarrollo económico y con una mejor oferta de servicios.

  4. Que, el tramo que conecta las localidades indicadas en el considerando 3, no está cubierto por empresas navieras nacionales, operando sólo el servicio de transporte subsidiado por el Estado de Chile, a través del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

  5. Que, el escaso número de habitantes de las zonas señaladas en el considerando 3, así como su potencial económico no permiten generar un volumen de tráfico capaz de justificar servicios regulares de transporte marítimo, que autofinancien su operación, por lo que se hace necesario que el Estado otorgue subsidio al transporte para atender a las necesidades de transporte de las localidades mencionadas en el considerando 3 del presente documento.

  6. Que, se realizó un estudio de evaluación de resultados de servicios subsidiados, entre ellos el "Litoral Norte Región de Aysén".

  7. Que, dicho estudio arrojó resultados según los cuales se hace necesario, además, un mejoramiento de la calidad del servicio marítimo subsidiado que opera en "Litoral Norte Región de Aysén"'.

  8. Que, dentro del contexto a que se ha hecho referencia en los considerandos precedentes, mediante decreto Nº 179, de 2011, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, se autorizó el llamado a licitación pública y se aprobaron las respectivas bases para el otorgamiento de subsidio a la prestación del servicio de transporte marítimo en Litoral Norte de la Región de Aysén.

  9. Que, conforme a lo establecido en el numeral 2.1.6.1 de las Bases de Licitación referidas en el considerando precedente, se recibieron consultas efectuadas por los oferentes que corresponde responder y aclarar.

  10. Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 2.1.6.2 de las Bases de Licitación mencionadas en el considerando 8º, el Ministerio, por su propia iniciativa o en respuesta a una o más consultas o solicitudes de aclaración planteada por los interesados, podrá aclarar y/o modificar las Bases, mediante documento único contenido en un acto administrativo totalmente tramitado y publicado en el sitio web.

    Decreto:

  11. Modifíquense las Bases de Licitación Pública para el otorgamiento de subsidio a la prestación del servicio de transporte marítimo en Litoral Norte de la Región de Aysén, las cuales fueron aprobadas mediante decreto Nº 179, de 2011, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, en lo siguiente:

    1. Reemplázase el párrafo primero del numeral 2.2.5 por el siguiente:

      "Las ofertas deberán presentarse en la oficina de partes de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, ubicada en Calle Dussen Nº 188, Coyhaique, dentro del plazo de 45 días contados a partir de la fecha de publicación en el sitio web, del acto administrativo a que se refiere el punto 2.1.6.2. de las presentes bases, en horario de 9:00 a 13:30 horas. La apertura de las ofertas se realizará el...

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