Resolución número 52, de 2022.- Promulga Plan Regulador Comunal de Molina y deja sin efecto resoluciones N° 135, de 2013, y N° 33, de 2017 - 7 de Diciembre de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 916069465

Resolución número 52, de 2022.- Promulga Plan Regulador Comunal de Molina y deja sin efecto resoluciones N° 135, de 2013, y N° 33, de 2017

Fecha de publicación07 Diciembre 2022
Número de registroCVE-2225537
SecciónNormas Generales
EmisorGOBIERNO REGIONAL DEL MAULE
Número de Gaceta43.420
CVE 2225537 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.420 | Miércoles 7 de Diciembre de 2022 | Página 1 de 30
Normas Generales
CVE 2225537
GOBIERNO REGIONAL DEL MAULE
PROMULGA PLAN REGULADOR COMUNAL DE MOLINA Y DEJA SIN EFECTO
RESOLUCIONES AFECTAS N° 135, DE 2013, Y N° 33, DE 2017, DEL GOBIERNO
REGIONAL DEL MAULE
(Resolución)
Núm. 52.- Talca, 1 de junio de 2022.
Vistos y considerando:
1. El artículo 111 de la Constitución Política del Estado, texto refundido, coordinado y
sistematizado fijado por DS N° 100 de 17 de septiembre de 2005, Ministerio Secretaría General
de la Presidencia;
2. La Ley Nº 19.175, de 1992, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración
Regional, texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado fijado por DFL 1/19.175 de
2005, Ministerio del Interior, Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo y sus
modificaciones;
3. El DFL N° 458 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado el 13 de abril de
1976, que aprueba nueva Ley General de Urbanismo y Construcciones, en adelante,
indistintamente L.G.U.C. y sus modificaciones, en especial, lo establecido en su artículo 43;
4. El decreto N° 47 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado el 5 de junio de
1992, que fija nuevo texto de la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y
Construcciones, en adelante, indistintamente, O.G.U.C., y sus modificaciones, en especial, lo
establecido en su artículo 2.1.11;
5. La Ley N° 19.300 de 1994 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y sus
modificaciones, en especial, lo establecido en su artículo 7 quáter;
6. El decreto supremo N° 32 de 17 de agosto de 2015, Ministerio del Medio Ambiente,
publicado el 4 de noviembre de 2015, que aprueba Reglamento para la Evaluación Ambiental
Estratégica;
7. La Ley N° 21.395, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2022;
8. El decreto exento N°2223/2012 de la I. Municipalidad de Molina de 9 de julio de 2012
que, considerando el acuerdo N° 738, de sesión ordinaria N° 133 de la misma fecha, del Concejo
Municipal de Molina, aprueba dar inicio a la tramitación del Plan Regulador Comunal y facultar
al Secretario Municipal para llevar a cabo las actividades para su tramitación;
9. Certificado s/n de 18 de diciembre de 2012, del Director de Desarrollo Comunitario de la
Municipalidad de Molina, en que hace constar las Organizaciones Territoriales que existen en
dicha comuna, al mes de julio de 2012 y la planilla adjunta “Nómina Juntas de Vecinos comuna
de Molina”;
10. Díptico y carta tipo de 2 de agosto de 2012, que informa del inicio de la tramitación del
Plan Regulador Comunal de Molina; invita a participar en la primera audiencia pública y
contienen información sobre el Plan Regulador y sus componentes y, copia de nómina “Entrega
Invitaciones 1ª Audiencia Pública”;
11. Certificado s/n del Secretario Municipal (S) de la Municipalidad de Molina, de 18 de
diciembre de 2012, que deja constancia de que no se llevó registro especial en la entrega de
material informativo (del Plan Regulador de Molina) a Organizaciones Territoriales “ya que se
consideró como registro la “Entrega de Invitaciones 1ª Audiencia”, referida en el número
anterior de estos Vistos;
12. Certificado N° 95/2016 de 11 de julio de 2016, en que, el Secretario Municipal (S) de la
Municipalidad de Molina, deja constancia de que se ha dado cumplimiento al numeral 1 del
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Núm. 43.420 Miércoles 7 de Diciembre de 2022 Página 2 de 30
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artículo 2.1.11 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, mediante entrega por
mano a las organizaciones territoriales de carta en que se señalan los contenidos del Plan
Regulador Comunal de Molina y, para constancia, adjunta fotocopia de la nómina firmada,
referida en los números 10 y 11, anteriores, de estos Vistos, autentificada por Secretario
Municipal de la época, el 18 de diciembre de 2012, además de 2 documentos de declaración de
representantes de organizaciones que no fueron ubicados, no obstante se le hizo entrega de la
información y participaron en el proceso del estudio de PRC de Molina;
13. Certificado N° 96/2016, de 11 de julio 2016, del Secretario Municipal (S), en que deja
constancia de organizaciones territoriales que no fueron notificadas (las que detalla), porque no
se encuentran dentro del área de planificación;
14. Certificado N° 62/2021 de 18 de agosto de 2021, en que, la Secretaria Municipal de
Molina, deja constancia de que el 17 y 18 de agosto de 2021, se notificó por carta certificada de
la Alcaldesa a todas las juntas de vecinos de la comuna: la Memoria Explicativa, Planimetría y
Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de Molina; adjunta el texto de la carta, guías de
entrega de Servicio de Franqueo Convenido y guías Admisión de la sucursal Molina de Correos
de Chile, de las fechas antes señaladas;
15. Certificado N° 92/2021, de 22 de octubre de 2021, de la Secretaria Municipal de
Molina, que certifica que, hasta la fecha del documento, las organizaciones de carácter territorial,
no han realizado ninguna observación a la información enviada por la Alcaldesa, referida en el
número anterior de estos Vistos;
16. El Aviso Publicado en el Diario La Prensa de Curicó, de 5 de agosto de 2012 (pág. 4),
mediante el que se comunica el inicio del proceso de aprobación del Plan Regulador Comunal de
Molina, se invita a la Primera Audiencia pública a realizarse en las localidades de Molina e
Itahue, El Radal y Lontué, en lugares, fecha y hora que indica, se informa de la exposición del
Plan y de que durante el periodo de exposición se podrán retirar los antecedentes del mismo
desde la oficina de Secplan del municipio;
17. Los Certificados N° 305/2012 de 22 de agosto de 2012 de la Secretaria Municipal de
Molina, N° 307/2012 de 23 de agosto de 2012 y certificado s/n de 8 de agosto de 2012,
respectivamente, de la Secretaria Municipal (S) y del Secretario Municipal (S) de Molina, que
dejan constancia de la realización de la Primera Audiencia Pública, respectivamente, en las
localidades de Molina e Itahue, de El Radal y de Lontué, en fecha y hora que consignan y, las
respectivas listas de asistentes, que a cada uno de ellos se adjunta;
18. Certificado N° 315/2012 de 30 de agosto de 2012 de la Secretaria Municipal de Molina
que certifica que el 8 de agosto del mismo año, se instaló en el Hall central de la Municipalidad,
los antecedentes del Plan Regulador Comunal de Molina que detalla, para los fines que indica;
19. Decreto exento N° 5.073/2006, de 4 de septiembre de 2006 de la Municipalidad de
Molina, que aprueba la “Ordenanza de Participación Ciudadana de la comuna de Molina”;
20. Oficio OF: N° 118/2012 de 2 de agosto de 2012, de SECPLAN (S) a Secretaria
Municipal (S) de la Municipalidad de Molina, mediante el que solicita certificar que en la
comuna de Molina no existe Consejo Económico y Social (CESCO) ni COSOC (Consejo de la
Sociedad Civil) y, el certificado s/n de la Secretaria Municipal (S) de Molina, dado el 2 de agosto
de 2012, en el que certifica lo solicitado;
21. El Aviso Publicado en el Diario La Prensa de Curicó, de 1 de septiembre de 2012 (pág.
3), que comunica que, en el marco de aprobación del Plan Regulador Comunal de Molina, se
invita participar de la segunda Audiencia Pública el 10 de septiembre de 2012, en lugar que
indica y que los interesados podrán presentar observaciones al Plan hasta el 25 de septiembre de
2012, en el mismo aviso, se indica que en esa misma fecha, en lugar y hora que señala se
expondrán los contenidos del Informe Ambiental del Plan Regulador, en el marco de su
Evaluación Ambiental Estratégica y las fechas, periodos y lugar en que éste se mantendrá
expuesto y en que los interesados podrán ingresar observaciones al Informe Ambiental y el
segundo aviso de 8 de septiembre de 2012 (pág. 9), publicado en el mismo diario mediante el que
se invita a participar en la segunda Audiencia Pública;
22. Certificado N° 350/2012 de 21 de septiembre de 2012 de la Secretaria Municipal de
Molina, que deja constancia de la realización de la Segunda Audiencia Pública, el 10 de
septiembre de 2012 y la nómina, de la misma fecha, firmada por los asistentes a la referida
audiencia;
23. Certificado s/n, de fecha 18 de diciembre de 2012, del Secretario Municipal (S) de
Molina, que certifica que el 26 de septiembre de 2012, se cerró el plazo de recepción de
observaciones al Plan Regulador;
24. Certificado N° 364/2012 de 2 de octubre de 2012 de la Secretaria Municipal de Molina,
que hace constar que la planimetría, memoria, ordenanza y Evaluación Ambiental Estratégica de

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