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Resolución núm. 99, publicada el 02 de Octubre de 2021. PROMULGA MODIFICACIÓN DEL PLAN REGULADOR COMUNAL DE RÍO BUENO, REGIÓN DE LOS RÍOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorGOBIERNO REGIONAL DE LOS RÍOS
Rango de LeyResolución

PROMULGA MODIFICACIÓN DEL PLAN REGULADOR COMUNAL DE RÍO BUENO, REGIÓN DE LOS RÍOS

Núm. 99.- Valdivia, 17 de agosto de 2021.

Vistos:

  1. La resolución Nº3 de la Secretaría Regional de Vivienda y Urbanismo de la Región de Los Lagos, de 25 de enero de 1991, publicada en el Diario Oficial el día 11 de marzo de 1991, que Aprueba Plan Regulador Comunal de Río Bueno.

  2. El Párrafo 4° del Capítulo II, del Título II de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, contenido en el decreto con fuerza de ley N° 458 del año 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Párrafo denominado "De la Planificación Urbana Comunal".

  3. Las normas contenidas en la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, aprobada por decreto N° 47, del año 1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, especialmente los Artículos 2.1.10., 2.1.11. y demás pertinentes.

  4. La ley N°19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

  5. Lo dispuesto en los Artículos 16 letra H), 20 letra f) y 36 letra c), de la ley N°19.175 Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se encuentra en el DFL N° 1-19.175, del año 2005, del Ministerio del Interior.

  6. La atribución que me confiere la letra o) del Artículo 24 de la ley mencionada en el Visto precedente.

  7. La ley N°19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado.

  8. La resolución N°7, del año 2019, de la Contraloría General de la República.

  9. La Sentencia de 9 de julio de 2021, Rol Nº1148-2021, que proclama al Gobernador Regional de la Región de Los Ríos.

    Considerando:

  10. La resolución afecta Nº58, de 24 de mayo de 2021, de Gobierno Regional de Los Ríos, que promulgó, en su oportunidad, la modificación del Plan Regulador Comunal de Río Bueno, Región de Los Ríos, acto administrativo que no llegó a su total tramitación, ya que fue representada por Contraloría General de la República, mediante oficio NºE122312/2021, de 15 de julio de 2021.

  11. El oficio ordinario Nº661, de 10 de agosto de 2021, del Municipio de Río Bueno, que envía al Gobierno Regional de Los Ríos expedientes técnicos y administrativos, además de "Informe de respuestas a observaciones realizadas por CGR a estudio ingresado por Res. Nº58 que promulga PRC Río Bueno", de fecha 10 de agosto de 2021, suscrito por la Directora Secplan de la Municipalidad de Río Bueno, doña Vilenka Zúñiga Brito.

    Indica que se realiza ingreso de las respuestas a las observaciones emitidas por Contraloría General de la República mediante oficio de representación E122312/2021 de 15/07/2021 a la resolución Nº58, del 24 de mayo de 2021, que promulga Modificación del Plan Regulador Comunal de Río Bueno, Región de Los Ríos.

  12. Que, en correo electrónico de 5 de agosto de 2021, la Encargada del Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura de la Seremi de Vivienda y Urbanismo de la Región de Los Ríos, doña Carolina Parra Alarcón, señala que no es necesario el reingreso del expediente para emitir un nuevo informe favorable.

  13. Que, por lo indicado por Encargada del Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura de la Seremi de Vivienda y Urbanismo de la Región de Los Ríos, en correo electrónico individualizado en el Considerando precedente, no corresponde que el Consejo Regional de Los Ríos apruebe nuevamente la modificación al Plan Regulador Comunal de Río Bueno, ya que según lo consagrado en el artículo 36 letra c) de la ley Nº19.175, sobre Gobierno y Administración Regional, este acuerdo se toma en conformidad con la Ley General de Urbanismo y Construcciones, sobre la base del Informe Técnico que emite la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo.

  14. La circunstancia que el documento denominado "Informe de respuestas a observaciones realizadas por CGR a estudio ingresado por Res. Nº58 que promulga PRC Río Bueno", de fecha 10 de agosto de 2021, suscrito por la Directora Secplan de la Municipalidad de Río Bueno, doña Vilenka Zúñiga Brito, acompañado en oficio ordinario Nº661, de 10 de agosto de 2021, da respuestas a todas y cada una de las observaciones efectuadas por Contraloría General de la República en dictamen NºE122312/2021, de 15/07/2021, según precisa, en lo que atañe al procedimiento de elaboración y aprobación de la modificación al PRC en estudio.

  15. La resolución exenta Nº 3.432, de 5 de julio de 2018, que aprueba el Convenio de Cooperación Servicio de Salud Valdivia y Municipalidad de Río Bueno para la Ejecución de Estudio de Modificación al Plan Regulador de Río Bueno, suscrito con fecha 3 de julio de 2018.

  16. La importancia del plan regulador comunal de Río Bueno, no sólo para la construcción del hospital de esa comuna, sino por su vinculación con la licitación del año 2021 a cargo del SSV, relativa a la construcción de 3 establecimientos hospitalarios en la Región de Los Ríos y un establecimiento hospitalario en la Región de Los Lagos.

  17. Que, conforme a lo anterior, y habiendo dado cumplimiento a las observaciones, se proceden a indicar en los siguientes considerandos todos los antecedentes del procedimiento de aprobación del Plan Regulador Comunal de Río Bueno que permiten su promulgación, ingresando la presente resolución, junto a los respectivos archivadores, uno en original y con copias.

  18. El Certificado Nº97 de Secretaría Municipal de la comuna de Río Bueno, de 8 de abril de 2020, que certifica que en reunión ordinaria celebrada el 8 de abril de 2020, por acuerdo Nº535, el Concejo Municipal aprobó, por unanimidad, modificación plan regulador comunal de Río Bueno, y cronograma a desarrollar en proceso aprobatorio.

  19. El Informe de pertinencia proceso participativo remoto, de 26 de junio de 2020, suscrito por la Directora Secplan de la Municipalidad de Río Bueno, que concluye:

    "De los antecedes revisados y analizados en los criterios mencionados en el dictamen Nº 10.084, de 2020, de Contraloría, el Municipio de Río Bueno cuenta con los medios informáticos y digitales suficientes para poder desarrollar una reunión de forma telemática garantizando el acceso a la comunidad, mantiene contrato de una cuenta institucional Zoom, posee con contrato con Radio Local que garantiza la difusión oportuna, posee una cuenta Facebook Institucional con una gran cantidad de seguidores que garantiza una difusión de la información y visualización de la reunión por parte de la comunidad, de igual forma cuenta con una Página Municipal de conocimiento de la comunidad que garantiza el acceso gratuito de la información.

    Del acceso a internet de la comunidad de Río Bueno, se da cuenta que existe el nivel de acceso a internet suficiente en las diferentes localidades de la comuna que garantizan poder acceder a la reunión, y de no poder acceder por medios propios se han puesto a disposición de la comunidad los diferentes lugares de acceso con computadores y acceso a internet en las escuelas y liceos municipales, información que será comunicada a través de la Dirección de Desarrollo Comunitario a los diferentes dirigentes sociales.

    Respecto a los procesos administrativos se deberán realizar modificaciones a la Ordenanza Municipal de Participación ciudad vigente con el fin de poder acoger los mecanismos de manera telemática, se deberá habilitar en la página municipal un banner de acceso rápido donde contenga la información del proyecto Modificación al Plan Regulador y un buzón único donde la comunidad podrá pronunciarse al respeto.

    De lo antes informado se puede concluir que se da cumplimiento como municipalidad a las condiciones para llevar a cabo un proceso de participación ciudadana por medios telemáticos, garantizando el acceso oportuno y gratuito de la comunidad.".

  20. El certificado Nº145 de Secretaría Municipal de Río Bueno, de 15 de julio de 2020, que certifica que en reunión ordinaria celebrada el 15 de julio de 2020, por acuerdo Nº557, el Concejo Municipal aprobó, por unanimidad, modificar cronograma de proceso aprobatorio de modificación de plan regulador comunal.

  21. El decreto municipal exento Nº6.817, de 30 de octubre de 2014, de la Ilustre Municipalidad de Río Bueno, que aprueba modificación a ordenanza participación ciudadana del Municipio.

  22. El oficio ordinario N° 1284, de fecha 27 de diciembre de 2018, de la Ilustre Municipalidad de Río Bueno, mediante el cual se solicita a la Subsecretaría de Servicios Sociales un informe de Procedencia de Consulta Indígena respecto de la modificación al Plan Regulador Comunal vigente de la comuna de Río Bueno, Región de Los Ríos.

  23. El oficio Nº1584, de 2 de mayo de 2019, del Sr. Subsecretario de Servicios Sociales, que da respuesta a la solicitud de informe de Procedencia de Consulta Art. 13 del DS Nº66 del MDS y Art. 6 Convenio Nº169 de la OIT, indicando lo siguiente:

    "Por medio de oficio Ord. N°1284, de fecha 27 de diciembre de 2018, dirigido a esta Subsecretaría de Estado, el Alcalde de la comuna de Río Bueno solicitó informe de Procedencia de Consulta Indígena respecto de la modificación al Plan Regulador Comunal vigente de la comuna de Río Bueno, Región de Los Ríos.

    En relación al tema de la referencia, cumplo con señalar lo siguiente:

  24. Que, por medio del decreto supremo N° 236, de 2008, del Ministerio de Relaciones Exteriores, se promulgó el Convenio N° 169 sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, de la Organización Internacional del Trabajo (en adelante Convenio N° 169 de la OIT), el cual entró en vigencia el 15 de septiembre de 2009.

  25. Que, por decreto supremo N°66, del Ministerio de Desarrollo Social, publicado en el Diario Oficial el 4 de marzo de 2014 (en adelante DS N°66), se aprobó el Reglamento que regula el procedimiento de consulta indígena establecido en el artículo 6 N°1 letra a) y N°2 del Convenio N° 169 de la OIT, y se derogó el decreto supremo N°124 de Mideplan.

  26. Que, el...

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