Resolución núm. 96 EXENTA, publicada el 06 de Febrero de 2023. FORMALIZA DESIGNACIÓN DE INTEGRANTE DEL CONSEJO NACIONAL DE LAS ARTES ESCÉNICAS
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO |
Rango de Ley | Resolución |
FORMALIZA DESIGNACIÓN DE INTEGRANTE DEL CONSEJO NACIONAL DE LAS ARTES ESCÉNICAS
Núm. 96 exenta.- Valparaíso, 20 de enero de 2023.
Visto:
Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de la Administración del Estado; en la ley N° 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en la ley N° 21.175, sobre Fomento a las Artes Escénicas y su respectivo Reglamento; y en las resoluciones N° 6 y 7, de 2019, de Contraloría General de la República, sobre exención del trámite de Toma de Razón.
Considerando:
Que la ley N° 21.045 creó el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio como la Secretaría de Estado encargada de colaborar con el Presidente de la República en el diseño, formulación e implementación de políticas, planes y programas para contribuir al desarrollo cultural y patrimonial armónico y equitativo del país en toda su diversidad geográfica y las realidades e identidades regionales y locales, conforme a los principios contemplados en la ley. De este modo, el artículo 3 N° 1 de la ley, establece como función del Ministerio la promoción y contribución al desarrollo de la creación artística y cultural, fomentando la creación, producción, mediación, circulación, distribución y difusión, entre otros, del ámbito de las artes escénicas.
Que el artículo 7 de la ley N° 21.045, crea la Subsecretaría de las Culturas y las Artes, y establece en su artículo 9 que esta deberá diseñar y ejecutar planes y programas destinados al cumplimiento de las funciones y atribuciones propias del Ministerio.
Que el artículo 3 de la ley N° 21.175 crea en el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, el Consejo Nacional de las Artes Escénicas, que tiene, entre otras facultades, la de asesorar al Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio en la formulación y elaboración de la política de desarrollo estratégico nacional del desarrollo de las artes escénicas.
Que el Consejo Nacional de las Artes Escénicas está compuesto por 16 miembros que duran 2 años en sus cargos, a cuya...
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