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Resolución núm. 931, publicada el 24 de Febrero de 2021. MODIFICA ASIGNACIÓN ABOGADOS DEL SERVICIO DE TESORERÍAS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyResolución

MODIFICA ASIGNACIÓN ABOGADOS DEL SERVICIO DE TESORERÍAS QUE INDICA

Núm. 931.- Santiago, 8 de febrero de 2021.

Vistos:

El Art. , Nº 2 y 6 del DFL Nº 1, de 1994, del Ministerio de Hacienda, Estatuto Orgánico del Servicio de Tesorerías, modificado por el Art. 8º letra b) de la ley Nº 19.506; el Art. letra g) y m) de este mismo DFL; los Art. 61 letras e) y f), 7º y siguientes del DFL Nº 29, de 2004 del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Estatuto Administrativo; el Título V del Libro III del decreto ley Nº 830, de 1974, sobre Código Tributario; la ley Nº 20.886 sobre la Tramitación Digital de los Procedimientos Judiciales; la resolución Nº 227, de 2000, de este Servicio sobre Delegación de Facultades; la resolución Nº 11 de 2017 y la resolución Nº 1 de 2019, ambas de este Servicio; la resolución Nº 6, de 2019, de la Contraloría General de la República; la resolución exenta Nº 671 de 2019 de la Tesorería General de la República; el acta Nº 37-2016 de la Corte Suprema correspondiente al Auto Acordado para la aplicación en el Poder Judicial de la ley Nº 20.886, que estable la tramitación digital de los procedimientos judiciales; el acta Nº 71-2016, correspondiente al Auto Acordado que regula el Funcionamiento de Tribunales que tramitan electrónicamente y el acta Nº 85-2019, que fija el texto refundido del Auto Acordado para la aplicación en el Poder Judicial de la ley Nº 20.886, que establece la tramitación digital de los procedimientos judiciales.

Considerando:

  1. Que la ley Nº 20.886 ha dispuesto la tramitación digital de los procedimientos judiciales seguidos ante los Tribunales de Justicia, y en los que se tramita la segunda etapa de cobro judicial del procedimiento de cobro de obligaciones tributarias, conforme a los artículos 184 y 185 del Código Tributario.

  2. Que el artículo 186 del Código Tributario dispone que en todos los asuntos de carácter judicial que se produzcan o deriven del cobro, pago o extinción de obligaciones tributarias y créditos fiscales, asumirá la representación y patrocinio del Fisco, el Abogado del Servicio de Tesorerías que corresponda.

  3. Que, atendida la actual tramitación digital ante los Tribunales de Justicia, los abogados de nuestro servicio pueden comparecer ante cualquier Juzgado de Letras o Corte del país, por medio de la Oficina Judicial Virtual del Poder Judicial.

  4. Que, la resolución Nº 671 de 2019 del Servicio de...

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