Resolución núm. 91 EXENTA, publicada el 26 de Abril de 2022. RECTIFICA DECRETO SUPREMO Nº 71 EXENTO, DE 2022, DEL MINISTERIO DE ENERGÍA, QUE MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 16, DE 2021, DEL MINISTERIO DE ENERGÍA, QUE OTORGA A GASODUCTO DEL PACÍFICO S.A. CONCESIÓN DEFINITIVA DE TRANSPORTE DE GAS DE RED EN LA COMUNA DE CABRERO, REGIÓN DEL BIOBÍO
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE ENERGÍA |
Rango de Ley | Resolución |
RECTIFICA DECRETO SUPREMO Nº 71 EXENTO, DE 2022, DEL MINISTERIO DE ENERGÍA, QUE MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 16, DE 2021, DEL MINISTERIO DE ENERGÍA, QUE OTORGA A GASODUCTO DEL PACÍFICO S.A. CONCESIÓN DEFINITIVA DE TRANSPORTE DE GAS DE RED EN LA COMUNA DE CABRERO, REGIÓN DEL BIOBÍO
Núm. 91 exenta.- Santiago, 1 de abril de 2022.
Vistos:
Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley Nº 19.880, de 2003, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el decreto ley Nº 2.224, de 1978, del Ministerio de Minería, que crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía; en el decreto con fuerza de ley Nº 323, de 1931, del Ministerio del Interior, Ley de Servicios de Gas y sus modificaciones posteriores; en el decreto supremo Nº 263, de 1995, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba reglamento sobre concesiones provisionales y definitivas para la distribución y el transporte de gas; en el decreto ley Nº 1.028, de 1975, del Ministerio del Interior, que precisa atribuciones y deberes de los Subsecretarios de Estado; en el decreto supremo exento Nº 71, de 2022, del Ministerio de Energía que modifica decreto supremo Nº 16, de 2021, del Ministerio de Energía; y en la resolución Nº 7, de 2019 de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
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Que, mediante el decreto supremo Nº 16, de 2021, del Ministerio de Energía, se otorgó a Gasoducto del Pacífico S.A. concesión definitiva de transporte de gas en red en la comuna de Cabrero, Región del Biobío, en adelante el "DS Nº 16/2021".
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Que, posteriormente mediante el decreto supremo Nº 71, de 2022, del Ministerio de Energía, se modificó el DS Nº 16/2021, en el sentido de reemplazar íntegramente su artículo noveno, en adelante el "DS Nº 71/2022".
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Que, el artículo 62 de la Ley Nº 19.880 dispone que, "en cualquier momento la autoridad administrativa que hubiere dictado una decisión que ponga término a un procedimiento podrá, de oficio o a petición del interesado, aclarar los puntos dudosos u obscuros y rectificar los errores de copia, de referencia, de cálculos numéricos y, en general, los puramente...
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