Resolución núm. 905 EXENTA, publicada el 12 de Septiembre de 2023. EXTRACTO ANTEPROYECTO DE REGLAMENTO PARA LA DICTACIÓN DE NORMAS DE CALIDAD AMBIENTAL Y DE EMISIÓN - MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 942837090

Resolución núm. 905 EXENTA, publicada el 12 de Septiembre de 2023. EXTRACTO ANTEPROYECTO DE REGLAMENTO PARA LA DICTACIÓN DE NORMAS DE CALIDAD AMBIENTAL Y DE EMISIÓN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyResolución

EXTRACTO ANTEPROYECTO DE REGLAMENTO PARA LA DICTACIÓN DE NORMAS DE CALIDAD AMBIENTAL Y DE EMISIÓN

Por resolución exenta Nº 905, del 4 de septiembre de 2023, del Ministerio del Medio Ambiente, se aprobó el Anteproyecto mencionado y se ordenó someterlo a consulta pública por el plazo de 23 días hábiles contados desde la publicación del presente extracto en el Diario Oficial.

Considerando

  1. - Que, la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente del año 2010, en su artículo 32 inciso cuarto, señaló que, "Un reglamento establecerá el procedimiento a seguir para la dictación de normas de calidad ambiental, que considerará a lo menos las siguientes etapas: análisis técnico y económico, desarrollo de estudios científicos, consultas a organismos competentes, públicos y privados, análisis de las observaciones formuladas y una adecuada publicidad. Establecerá además los plazos y formalidades que se requieran para dar cumplimiento a lo dispuesto en este artículo y los criterios para revisar las normas vigentes".

  2. - Que, en cumplimiento de lo anterior, con fecha 22 de julio de 2013, se publicó en el Diario Oficial el decreto supremo Nº 38, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que Aprueba Reglamento para la dictación de Normas de Calidad Ambiental y de Emisión, entrando en vigencia el 1º de agosto de 2013, fecha en que quedó sin efecto el decreto supremo N° 93, de 1995, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

  3. - Que, con fecha 29 de mayo de 2023, se publicó en el Diario Oficial, la Ley Nº 21.562 que Modifica Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, con el objeto de establecer restricciones a la evaluación de proyectos en zonas declaradas latentes o saturadas.

  4. - Que, el artículo primero transitorio del cuerpo legal precitado, dispuso que, "En el plazo de seis meses contado desde la publicación de la presente ley, el Presidente de la República, por decreto expedido a través del Ministerio del Medio Ambiente, deberá proceder a la modificación de los decretos supremos N°s 38 y 39, ambos de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, con el objeto de armonizar sus normas y establecer los procedimientos y plazos para la implementación de la presente ley".

  5. - Que, en cumplimiento de lo anterior, y a diez años desde su entrada en vigencia, se ha elaborado una propuesta de reglamento que actualiza sus disposiciones con el fin de armonizarlas con la legislación vigente.

  6. - Que, se ha estimado que constituye una...

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