Resolucion núm. 873 EXENTA, el 05 de Abril de 2004. ESTABLECE LOS CASOS DE SECRETO O RESERVA DE LA DOCUMENTACION Y ACTOS QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE ECONOMÍA |
Rango de Ley | Resolución |
ESTABLECE LOS CASOS DE SECRETO O RESERVA DE LA DOCUMENTACION Y ACTOS QUE INDICA
Núm. 873 exenta.- Valparaíso, 30 de marzo de 2004.- Vistos: las facultades conferidas en el artículo 32 N° 8 de la Constitución Política de la República; el D.F.L.
N° 1 de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el D.F.L. N° 5 de 1983; el D.S. N° 26 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la resolución N° 520 de 1996, de la Contraloría General de la República;
Considerando:
Que la Ley de Bases Generales de la Administración del Estado consagra la publicidad de los actos de los órganos de la Administración de Estado y de los documentos que le sirvan de sustento o complemento directo y esencial.
Que no obstante lo anterior, la propia ley estatuye las excepciones a dicho principio general, entre las cuales se encuentra la reserva o secreto establecido en disposiciones legales o reglamentarias.
Que el artículo 9° del D.S. N° 26 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que establece el Reglamento sobre el Secreto o Reserva de los Actos y Documentos de la Administración del Estado, dispone que los órganos de la Administración deberán clasificar los actos y documentos como secretos o reservados, de conformidad con los criterios que en dicho cuerpo normativo se establecen y según el grado de protección que requieran.
Que en cumplimiento de todo lo anterior corresponde a esta Subsecretaría, respecto de los actos y documentos que obren en su poder, determinar aquellos que tendrán la categoría de secretos o reservados.
R e s u e l v o:
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- ELIMINADO
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- Tienen carácter de reservados, en razón de la debida protección de los intereses públicos, los siguientes actos y documentos:
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ELIMINADA
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Denuncias, investigaciones, documentos y antecedentes que sirvan de complemento directo o esencial de actos administrativos, acerca de hechos constitutivos de delito que deban ser denunciados al Ministerio Público en virtud de lo dispuesto en el Estatuto Administrativo o el Código Procesal Penal.
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Los informes de avance, parciales, complementarios y finales que sean entregados por un determinado consultor en el marco de un proyecto de investigación pesquera, mientras se encuentren en la fase de examen por parte del departamento técnico...
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