Resolución núm. 83 EXENTA, publicada el 30 de Marzo de 2022. ESTABLECE REGULACIONES CUARENTENARIAS PARA EL CONTROL Y ERRADICACIÓN DE LA MOSCA DEL MEDITERRÁNEO (CERATITIS CAPITATA W.) EN LOS LUGARES QUE INDICA EN LA COMUNA DE ANTOFAGASTA - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 908621812

Resolución núm. 83 EXENTA, publicada el 30 de Marzo de 2022. ESTABLECE REGULACIONES CUARENTENARIAS PARA EL CONTROL Y ERRADICACIÓN DE LA MOSCA DEL MEDITERRÁNEO (CERATITIS CAPITATA W.) EN LOS LUGARES QUE INDICA EN LA COMUNA DE ANTOFAGASTA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

ESTABLECE REGULACIONES CUARENTENARIAS PARA EL CONTROL Y ERRADICACIÓN DE LA MOSCA DEL MEDITERRÁNEO (CERATITIS CAPITATA W.) EN LOS LUGARES QUE INDICA EN LA COMUNA DE ANTOFAGASTA

Núm. 83 exenta.- Antofagasta, 16 de marzo de 2022.

Vistos:

Lo dispuesto en los artículos y de la Constitución Política de la República; la ley Nº18.755, que establece normas sobre el Servicio Agrícola y Ganadero y sus modificaciones posteriores; el decreto ley Nº 3.557 de 1980, sobre Protección Agrícola; la resolución exenta Nº 3.513 del Servicio Agrícola y Ganadero de fecha 7 de diciembre del año 1995, publicada en el Diario Oficial el 13 de diciembre del mismo año y sus posteriores modificaciones; la resolución exenta Nº 4.743 de 2020, del Director Nacional del Servicio, que crea sistema nacional de emergencia del Servicio Agrícola y Ganadero, comité nacional de emergencia y funcionarios habilitados en el sistema de emergencia; resolución afecta Nº 150 de 16 de febrero de 2015 y Nº 69 de 19 de enero de 2021 ambas del Director Nacional del SAG que disponen nombramiento de la Directora Regional del SAG Antofagasta; la resolución Nº 7 de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Que, mediante la resolución exenta Nº 3.513 de fecha 7 de diciembre del año 1995, se declaró a Chile como país libre de la plaga de los vegetales, conocida como "Mosca del Mediterráneo" (Ceratitis capitata Wied).

  2. Que, con fecha 11 de marzo de 2022 se confirma la presencia de un segundo ejemplar (adulto), lo que origina un brote; este mismo día se detecta otro insecto correspondiente a la plaga, en un radio que comprende la ciudad de Antofagasta.

  3. Que, en virtud de lo dispuesto en el número 3 de la resolución 3.513, el Servicio está facultado para adoptar las medidas fitosanitarias que sean necesarias para el control y erradicación de esta plaga.

  4. Que, debe entenderse por área reglamentada aquella en la que plantas, productos vegetales y otros artículos reglamentados, que ingresan a ella se mueven dentro y provengan de la misma, y están sujetas a medidas fitosanitarias.

  5. Que, para el caso de la "Mosca del Mediterráneo [Ceratitis capitata (Wied.)], dicha área reglamentada, corresponde a una superficie cubierta por un radio de 7,2 km alrededor de las detecciones.

    Resuelvo:

  6. Fíjese, a partir del 14 de marzo de 2022, como área reglamentada, el polígono de 20 vértices, determinado por las coordenadas UTM, señaladas a continuación:

    El polígono que determina el área...

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