Resolución núm. 797 EXENTA, publicada el 07 de Diciembre de 2020. AUMENTA EL PLAZO DE LA PRÓRROGA DISPUESTA POR LA RESOLUCIÓN Nº 137, EXENTA, DEL 19.02.2020, RESPECTO DE LA POSTERGACIÓN DE PERMISOS DE SUBDIVISIÓN, LOTEO O URBANIZACIÓN Y DE CONSTRUCCIONES, ORDENADA POR EL DECRETO ALCALDICIO N° 1.418 DE LA MUNICIPALIDAD DE HUALPEN, DE 2019 - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 852744405

Resolución núm. 797 EXENTA, publicada el 07 de Diciembre de 2020. AUMENTA EL PLAZO DE LA PRÓRROGA DISPUESTA POR LA RESOLUCIÓN Nº 137, EXENTA, DEL 19.02.2020, RESPECTO DE LA POSTERGACIÓN DE PERMISOS DE SUBDIVISIÓN, LOTEO O URBANIZACIÓN Y DE CONSTRUCCIONES, ORDENADA POR EL DECRETO ALCALDICIO N° 1.418 DE LA MUNICIPALIDAD DE HUALPEN, DE 2019

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

AUMENTA EL PLAZO DE LA PRÓRROGA DISPUESTA POR LA RESOLUCIÓN Nº 137, EXENTA, DEL 19.02.2020, RESPECTO DE LA POSTERGACIÓN DE PERMISOS DE SUBDIVISIÓN, LOTEO O URBANIZACIÓN Y DE CONSTRUCCIONES, ORDENADA POR EL DECRETO ALCALDICIO N° 1.418 DE LA MUNICIPALIDAD DE HUALPEN, DE 2019

Núm. 797 exenta.- Concepción, 2 de diciembre de 2020.

Vistos:

La resolución exenta Nº 246 del 19.03.2020, que autorizó tramitación electrónica en actos y procedimientos administrativos de esta Seremi; el DFL Nº 458, de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones (en adelante, LGUC); el DS Nº 47 (V. y U.) de 1992, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (en adelante, OGUC); la Circular DDU 175, del 14.11.2006, sobre planificación urbana, instrumentos de planificación territorial, postergación de permisos y prórrogas; el dictamen 3.610 de la Contraloría General de la República, del 17.03.2020, sobre medidas de gestión que pueden adoptar los órganos de la Administración del Estado a propósito del brote de COVID-19; el DS Nº 4 del Ministerio de Salud, de 2020, publicado en el Diario Oficial el 08.02.2020, que decreta Alerta Sanitaria por el período que se señala y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud pública de importancia internacional por brote del Nuevo Coronavirus (2019-NCOV); la Circular DDU 441, del 26.08.2020, que complementa Circular Ord. Nº 296, de 20.07.2020, DDU 437, que instruye sobre artículo 117 LGUC bajo la actual emergencia sanitaria; la ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la resolución Nº 7, de la Contraloría General de la República, de 2019, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; el DS Nº 397 (V. y U.) de 1976, Reglamento Orgánico de las Secretarías Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo; y el decreto exento Nº 81 (V. y U.) 2014, que deroga el decreto Nº 201 (V. y U.) de 2007, y fija orden de subrogación del cargo que indica.

Considerando:

1) Que, el artículo 117 LGUC autoriza al Alcalde, previo informe favorable de la Seremi, para postergar los permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones, hasta por 3 meses, cuando el sector de ubicación del terreno esté afectado por estudios sobre modificaciones del Plan Regulador Intercomunal o comunal, plazo que puede ser prorrogado por la Seremi tratándose de modificaciones de un Plan Regulador Comunal.

2) Que...

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