Resolución núm. 7782 EXENTA, publicada el 08 de Noviembre de 2019. ESTABLECE REQUISITOS PARA LA TRAZABILIDAD ANIMAL EN RECINTOS FERIALES
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE AGRICULTURA |
Rango de Ley | Resolución |
ESTABLECE REQUISITOS PARA LA TRAZABILIDAD ANIMAL EN RECINTOS FERIALES
Núm. 7.782 exenta.- Santiago, 4 de octubre de 2019.
Vistos:
La Ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola Ganadero; el DFL RRA Nº 16, de 1963, del Ministerio de Hacienda, sobre Sanidad y Protección Animal, modificada por la ley Nº 20.596, que Mejora la Fiscalización para la Prevención del Delito de Abigeato; la ley Nº 19.162, que establece el Sistema Obligatorio de Clasificación de Ganado, Tipificación y Nomenclatura de sus Carnes y Regula Funcionamiento de Mataderos, Frigoríficos y Establecimientos de la Industria de la Carne; los decretos Nº 46, de 1978, que aprueba el Reglamento para la Prevención y Control de la Fiebre Aftosa, Nº 56, de 1983, que aprueba el Reglamento de Ferias de Animales, Nº 240, de 1993, que aprueba el Reglamento General de Transporte de Ganado y Carne Bovina, todos del Ministerio de Agricultura; el decreto Nº 112, de 2018, que designa al Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero; las resoluciones exentas Nº 7.219, de 2006, que Crea el Programa de Información Pecuaria y Nº 6.774, de 2015, que Actualiza Programa Oficial de Trazabilidad Animal y deroga resolución Nº 1.546, de 2014, ambas del Servicio Agrícola y Ganadero; y la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
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Que, es responsabilidad del Servicio Agrícola y Ganadero, en adelante e indistintamente el Servicio, proteger, mantener e incrementar el patrimonio zoosanitario del país.
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Que, corresponde al Servicio mantener un sistema de vigilancia y diagnóstico de las enfermedades pecuarias existentes en el país o susceptibles de presentarse que, a su juicio, sean relevantes para la producción nacional y formular los programas de acción que correspondan.
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Que, la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) recomienda que sus miembros establezcan un marco reglamentario claro para la identificación y la trazabilidad de los animales, los que son componentes claves del desarrollo económico y rural, vinculados con la mejora de la sanidad animal, la vigilancia y notificación de enfermedades y la seguridad sanitaria de los alimentos derivados de la producción animal.
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Que, el Comité Internacional de la OIE ha resuelto que es necesario facilitar el desarrollo y la aplicación de sistemas de identificación y trazabilidad de los animales.
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Que, corresponde al Servicio establecer las normas de un sistema de trazabilidad del ganado y carne, las que...
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