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Resolución núm. 7782 EXENTA, publicada el 08 de Noviembre de 2019. ESTABLECE REQUISITOS PARA LA TRAZABILIDAD ANIMAL EN RECINTOS FERIALES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

ESTABLECE REQUISITOS PARA LA TRAZABILIDAD ANIMAL EN RECINTOS FERIALES

Núm. 7.782 exenta.- Santiago, 4 de octubre de 2019.

Vistos:

La Ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola Ganadero; el DFL RRA Nº 16, de 1963, del Ministerio de Hacienda, sobre Sanidad y Protección Animal, modificada por la ley Nº 20.596, que Mejora la Fiscalización para la Prevención del Delito de Abigeato; la ley Nº 19.162, que establece el Sistema Obligatorio de Clasificación de Ganado, Tipificación y Nomenclatura de sus Carnes y Regula Funcionamiento de Mataderos, Frigoríficos y Establecimientos de la Industria de la Carne; los decretos Nº 46, de 1978, que aprueba el Reglamento para la Prevención y Control de la Fiebre Aftosa, Nº 56, de 1983, que aprueba el Reglamento de Ferias de Animales, Nº 240, de 1993, que aprueba el Reglamento General de Transporte de Ganado y Carne Bovina, todos del Ministerio de Agricultura; el decreto Nº 112, de 2018, que designa al Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero; las resoluciones exentas Nº 7.219, de 2006, que Crea el Programa de Información Pecuaria y Nº 6.774, de 2015, que Actualiza Programa Oficial de Trazabilidad Animal y deroga resolución Nº 1.546, de 2014, ambas del Servicio Agrícola y Ganadero; y la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, es responsabilidad del Servicio Agrícola y Ganadero, en adelante e indistintamente el Servicio, proteger, mantener e incrementar el patrimonio zoosanitario del país.

  2. Que, corresponde al Servicio mantener un sistema de vigilancia y diagnóstico de las enfermedades pecuarias existentes en el país o susceptibles de presentarse que, a su juicio, sean relevantes para la producción nacional y formular los programas de acción que correspondan.

  3. Que, la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) recomienda que sus miembros establezcan un marco reglamentario claro para la identificación y la trazabilidad de los animales, los que son componentes claves del desarrollo económico y rural, vinculados con la mejora de la sanidad animal, la vigilancia y notificación de enfermedades y la seguridad sanitaria de los alimentos derivados de la producción animal.

  4. Que, el Comité Internacional de la OIE ha resuelto que es necesario facilitar el desarrollo y la aplicación de sistemas de identificación y trazabilidad de los animales.

  5. Que, corresponde al Servicio establecer las normas de un sistema de trazabilidad del ganado y carne, las que...

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