Resolución núm. 7387 EXENTA, publicada el 16 de Septiembre de 2020. AUTORIZA EDICIÓN EXTRAORDINARIA DEL DIARIO OFICIAL, PARA EL DÍA QUE INDICA - MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 847981833

Resolución núm. 7387 EXENTA, publicada el 16 de Septiembre de 2020. AUTORIZA EDICIÓN EXTRAORDINARIA DEL DIARIO OFICIAL, PARA EL DÍA QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rango de LeyResolución

AUTORIZA EDICIÓN EXTRAORDINARIA DEL DIARIO OFICIAL, PARA EL DÍA QUE INDICA

Núm. 7.387 exenta.- Santiago, 25 de agosto de 2020.

Vistos:

  1. - Lo dispuesto en los artículos 326 y 75, inciso tercero, de la Constitución Política de la República, en relación con lo preceptuado el artículo 7º del Código Civil;

  2. - Lo preceptuado en el artículo 3º, letra e), del DFL Nº 7.912 de 1927, del Ministerio del Interior, que Organiza las Secretarías de Estado;

  3. - La Ley Nº 20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública;

  4. - El decreto supremo Nº 22, de 2016, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que Aprueba el Reglamento sobre Organización y Funcionamiento del Diario Oficial de la República de Chile;

  5. - Lo establecido en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

    Considerando:

  6. - Que, el artículo 7º inciso primero del decreto supremo Nº 22, de 12 de enero de 2016, que Aprueba el Reglamento sobre Organización y Funcionamiento del Diario Oficial de la República de Chile, estableció que "El Diario Oficial se publicará todos los días del año, salvo los días domingo y festivos. Cada edición tendrá un número correlativo único, manteniendo la numeración utilizada a la entrada en vigencia de este reglamento.".

  7. - Que, el inciso segundo del mismo artículo antedicho, dispuso que "Con todo, podrán excepcionalmente realizarse ediciones extraordinarias del Diario Oficial, sean éstas ediciones adicionales en un mismo día o en días domingo o festivos, las que deberán encontrarse autorizadas por resolución de la Subsecretaría del Interior.". Agrega este último precepto que "Por razones de buen servicio la referida resolución podrá ser dictada con posterioridad a la edición extraordinaria", debiendo además publicarse en el Diario Oficial.

    Resuelvo:

  8. - Autorízase la elaboración y publicación de la siguiente edición extraordinaria del Diario Oficial, correspondiente a la fecha que se indica:

    Número de edición Fecha

    42.731-B 14 de agosto de 2020

  9. - Déjase...

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