Resolución núm. 708 EXENTA, publicada el 21 de Agosto de 2020. DEROGA RESOLUCIÓN EXENTA QUE INDICA Y DELEGA FACULTADES EN EL DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS PARA FIRMAR ACTOS ADMINISTRATIVOS EN MATERIAS QUE INDICA - SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 847378453

Resolución núm. 708 EXENTA, publicada el 21 de Agosto de 2020. DEROGA RESOLUCIÓN EXENTA QUE INDICA Y DELEGA FACULTADES EN EL DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS PARA FIRMAR ACTOS ADMINISTRATIVOS EN MATERIAS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorSECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO
Rango de LeyResolución

DEROGA RESOLUCIÓN EXENTA QUE INDICA Y DELEGA FACULTADES EN EL DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS PARA FIRMAR ACTOS ADMINISTRATIVOS EN MATERIAS QUE INDICA

Núm. 272/708 exenta.- Santiago, 15 de mayo de 2020.

Visto:

La Constitución Política de la República; en el DFL Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley Nº 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la ley Nº 18.834, que fija el Estatuto Administrativo; lo dispuesto en la ley Nº 19.032, de 1991, que reorganiza el Ministerio Secretaría General de Gobierno; la ley Nº 20.285, sobre Acceso a la Información Pública: el DFL Nº 1, de 1992, de este origen que modifica la Organización del Ministerio Secretaría General de Gobierno; el decreto supremo Nº 8, de 2018, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, que designa el cargo a su Subsecretario; la resolución exenta Nº 272/784, de fecha 3 de mayo de 2018, que delega Facultades en el Director de Administración y Finanzas para la firma de los actos que indica; la resolución Nº 6, de 2019, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, el artículo 41, DFL Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, señalado en los visto de este Acto Administrativo, dispone que el ejercicio de las atribuciones y facultades propias podrá ser delegado, sobre una serie de supuestos, todos los cuales se dan en la especie. Asimismo, señala el inciso final de la norma en comento que "podrá, igualmente, delegarse la facultad de firmar, por orden de la autoridad delegante, en determinados actos sobre materias específicas. Esta delegación no modifica la responsabilidad de la autoridad correspondiente, sin perjuicio de la que pudiera afectar al delegado por negligencia en el ejercicio de la facultad delegada".

  2. Que, en el mismo sentido, el decreto con fuerza de ley Nº 1, del año 1992, de este Ministerio, también individualizado en los visto, dispone en su artículo 5º que "Corresponderá especialmente a la División de Administración y Finanzas:

    1. Ejecutar la función de apoyo administrativo a las divisiones reparticiones del Ministerio; b) Realizar la programación y...

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